TOP 7: La SCJN sienta precedentes

Este año, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se distinguió por emitir fallos en favor de los grupos más vulnerables y fijó criterios en materia de respeto a los derechos humanos

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El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció el pasado 26 de mayo la facultad de la comunidad indígena de Cherán, Michoacán, de elegir, mediante  el método de usos y costumbres, a sus autoridades y que éstas puedan interponer controversias constitucionales en contra de reformas que consideren, violan los derechos de los indígenas que habitan en su territorio.

     El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inválidas las reformas a la constitución de Michoacán aprobadas hace dos años y que fueron impugnadas por el municipio de Cherán al argumentar que nunca se les consultó sobre su contenido.

     El fallo es relevante porque con una mayoría de diez votos y uno sólo en contra, el pleno de la Corte estableció que por mandato constitucional y de los tratados internacionales suscritos por nuestro país, las comunidades indígenas gozan de una protección especial por parte del Estado.

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