Frenan las pérdidas en venta de gasolina
El Senado aprueba en comisiones el dictamen de la Ley de Ingresos 2015; generará impuestos por cinco mil 857 millones de pesos; por primera vez en siete años no será deficitaria

CIUDAD DE MÉXICO, 29 de octubre.- Por primera vez en siete años, la venta de gasolinas no será deficitaria para el país y generará impuestos por cinco mil 857 millones de pesos, después de que el Senado hizo ajustes al dictamen de la Ley de Ingresos de la Federación 2015, derivados del ajuste de 81 a 79 dólares en el cálculo del precio del barril de petróleo y la decisión de que los estados no se vieran afectados por la disminución de ingresos petroleros.
El ajuste de dos dólares a los precios, sería el primer cambio que formula el Senado desde hace 14 años
Ayer, con el voto mayoritario de senadores del PRI, PAN, PRD y Partido Verde, las comisiones de Hacienda y Estudios Legislativos confirmaron lo adelantado ayer por Excélsior, en el sentido de que la disminución en la estimación del precio del petróleo significa una merma de ocho mil 273 millones 600 mil pesos, lo cual implica que los ingresos totales del país para el próximo año serán por cuatro billones 694 mil 677 millones 400 mil pesos.
Pero además de modificar a la baja los ingresos por la caída internacional del precio del petróleo, que serán compensados con recortes al gasto corriente del gobierno federal, los senadores hicieron otros ajustes a la carátula de la Ley de Ingresos, así como una mejora de dos mil 503.1 millones de pesos en la proyección de la recaudación federal participable, que la Cámara de Diputados fijó en dos billones 310 mil 415.1 millones de pesos, pero el Senado elevó a dos billones 312 mil 918.2 millones de pesos.
De igual forma, a petición del PAN y el PRD, las comisiones unidas de Hacienda, que preside el priista Francisco Yunes, y de Estudios Legislativos Primera, que encabeza el panista Raúl Gracia, quedó explícito el compromiso de que el ajuste natural al proyecto del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2015, por la disminución de ocho mil 273 millones 600 mil pesos en la Ley de Ingresos, deberá hacerse en el gasto corriente del gobierno federal, no en programas prioritarios para el país.
En los ajustes que hizo el Senado se observa, por ejemplo, que la Cámara de Diputados aprobó un déficit por Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) de gasolinas por nueve mil 308 millones 700 mil pesos, pero el Senado revirtió ese déficit y lo convirtió en impuestos por cinco mil 857 millones 400 mil pesos; es decir, una mejora de 15 mil 166.1 millones de pesos.
Este movimiento permitió que en la nueva carátula de la ley, los ingresos por impuestos mejoren de un billón 963 mil 814.5 millones de pesos a un billón 978 mil 980.6 millones de pesos.
La última vez que la venta de gasolinas generó impuestos al país fue en 2008, por tres mil 959.4 millones de pesos; en 2009 el subsidio fue de 130 mil 583.5 millones de pesos; en este año, de cuatro mil 283 millones de pesos.
Excedentes petroleros, sin discrecionalidad
Después de un par de horas de debate, los integrantes de las comisiones unidas también aprobaron incluir en la Ley de Ingresos 2015 que “si se observan mayores ingresos petroleros a los estimados, automáticamente se destinarán mayores recursos a los Fondos sectoriales, ya que reciben un porcentaje definido en ley, de los ingresos petroleros totales. Únicamente se podrán destinar ingresos petroleros al presupuesto cuando se hayan cubierto las aportaciones a esos fondos y bajo las condiciones establecidas en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria”.
De igual forma, el dictamen aprobado por las comisiones del Senado establece siete estímulos fiscales, entre ellos a los empresarios del sector ganadero y agrícola, excepto minería, quienes podrán deducir el diesel que adquieran para su consumo final; también quienes lo usen para transporte público y privado.
Otro estímulo fiscal a quien se dedique exclusivamente al transporte terrestre público y privado, de carga o pasaje que utilizan la Red Nacional de Autopistas de Cuota; a quienes utilicen los combustibles fósiles en sus procesos productivos para la elaboración de otros bienes y que durante ese proceso no se destinen a la combustión; a los titulares de concesiones y asignaciones mineras cuyos ingresos brutos totales anuales por venta o enajenación de minerales y sustancias a las que se refiere la Ley Minera sean menores a 50 millones de pesos.
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