Quitan peso a carga fiscal para Pemex

Los senadores también dieron luz verde a la creación del Fondo Mexicano del Petróleo

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La senadora perredista Dolores Padierna cuestionó aspectos de lo que fue aprobado ayer por los legisladores en el tema energético. Foto: Héctor López

CIUDAD DE MÉXICO, 6 de agosto.- El Senado avaló ayer el nacimiento del Fondo Mexicano del Petróleo y la reducción de la carga fiscal y de derechos para Pemex, que ahora será tratada igual que el resto de empresas privadas internacionales que participen en la etapa de competencia abierta; es decir, pagará 65% de impuestos, derechos por uso superficial en fase de exploración, regalías y un porcentaje de la utilidad obtenida.

Además, podrá reducir 12.5% del costo de los proyectos más onerosos y no pagará IVA, como ocurrirá con el resto de esas empresas, establece la nueva Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, aprobada ayer y enviada al Ejecutivo federal; además, tendrán todas la obligación de pagar las utilidades anuales a sus trabajadores.

Para efectos de la pérdida fiscal que se prevé en la Ley del Impuesto sobre la Renta, “los contribuyentes que realicen actividades en las regiones de áreas marinas con tirante de agua superior a 500 metros, podrán disminuir dicha pérdida ocurrida en un ejercicio de la utilidad fiscal de los 15 ejercicios siguientes hasta agotarlo”.

Así, se modifica el esquema de ingresos que tiene el país por concepto de hidrocarburos y se establece un periodo de transición de cuatro años para que las finanzas públicas puedan adaptarse al nuevo esquema.

El Senado avaló la existencia del Fondo Mexicano del Petróleo para la estabilización y el Desarrollo, que a partir de 2015 será el encargado de cuidar, distribuir y ahorrar la riqueza nacional proveniente de la nueva era de la competencia energética del país, como un fideicomiso a cargo del Banco de México.

La Ley del Fondo precisa que el Presidente de la República tendrá un máximo de 90 días para mandar al Senado los nombramientos de los cuatro primeros miembros independientes del Comité del Fondo; uno concluirá en 2015, otro en 2017, uno más en 2019 y el último en 2021.

También dispone que la Secretaría de Hacienda tendrá 90 días para firmar con el Banco de México la creación del fideicomiso denominado Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo; 30 días después deberá sesionar por primera vez el Comité Técnico, para que el Fondo comience a operar el próximo año.

El Fondo hará los pagos derivados de las asignaciones y contratos petroleros y de gas, y será el responsable de las transferencias al Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios, al de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas y de Extracción de Hidrocarburos.

También al Fondo Sectorial Conacyt-Secretaría de Energía-Hidrocarburos y sectorial Conacyt-Secretaría de Energía-Sustentabilidad Energética.

A la Tesorería de la Federación, para cubrir los costos de fiscalización en materia petrolera de la Auditoría Superior de la Federación y los recursos para que los ingresos petroleros del gobierno federal que se destinan a cubrir el Presupuesto de Egresos de la Federación se mantenga en 4.7% del PIB.

Dichos recursos incluirán las transferencias a los municipios colindantes con la frontera o litorales por los que se realice materialmente la salida del país de los hidrocarburos.

Seguro para funcionarios

El Senado avaló la disposición de la nueva Ley de Ingresos Sobre Hidrocarburos que precisa que los servidores públicos de la Secretaría de Hacienda encargados de determinar y verificar los términos fiscales de los contratos, así como de la Secretaría de Energía, responsables de adjudicar las Asignaciones o del diseño técnico de los contratos, así como de los lineamientos técnicos que deberán observarse en el proceso de licitación de dichos contratos, contarán con el respaldo de un seguro.

“Contarán, en términos de los lineamientos que emite la Secretaría, con seguros, fianzas o cauciones, que cubran el monto de la indemnización por los daños que cause su actuación en el ejercicio de sus atribuciones, o bien, seguros para asumir los servicios de defensa y asistencia legal de dichos servidores públicos. Dichos seguros, fianzas o caución no formarán parte de las prestaciones de los servidores públicos mencionados.”

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