Eliminan fuero en Morelos y los alcaldes se amparan

La Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió las controversias constitucionales promovidas por 29 de los 33 ayuntamientos de Morelos, que se oponen a la reforma constitucional local que retiró el fuero a los integrantes de los cabildos

thumb

MORELOS, 19 de marzo.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió las controversias constitucionales promovidas por 29 de los 33 ayuntamientos de Morelos, que se oponen a la reforma constitucional local que retiró el fuero a los integrantes de los cabildos.

De acuerdo con los estrados electrónicos del Alto Tribunal, hasta el 13 de marzo habían sido admitidas un total de 29 controversias constitucionales en las que los ayuntamientos reclaman la invalidez de la reforma a los artículos 40 Fracción XLI y 136 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberanos del Estado de Morelos.

Dicha reforma para retirar el fuero constitucional, fue aprobada por el Congreso del Estado y promulgada por el Poder Ejecutivo Estatal a través del Periódico Oficial "Tierra y Libertad" el 23 de enero de 2013.

Las controversias fueron admitidas y los expedientes fueron turnados al ministro que corresponde, y se notificó al Poder Legislativo del inicio de los procesos. Sin embargo, hasta el momento la Corte no se ha definido si concederá o no la suspensión de la aplicación de la norma impugnada.

Los municipios cuyas controversias fueron admitidas por la SCJN son, de acuerdo con el orden de admisión: Yautepec, Jiutepec, Temoac, Totolapan, Zacualpan de Amilpas, Ocuituco, Yecapixtla, Xochitepec, Tetela del Volcán, Axochiapan y Tepalcingo.

Además de Tetecala, Huitzilac, Tlalnepantla, Emiliano Zapata, Tlayacapan, Amacuzac, Coatlán del Río, Atlatlahucan, Temixco, Mazatepec, Miacatlán, Tlalquiltenango, Zacatepec, Ayala, Jantetelco, Cuernavaca, Tepoztlán y Puente de Ixtla.

El pasado 21 de enero el Congreso emitió la declaratoria que dio vigencia a la reforma y adición a los artículos 40 fracción XLI y 136 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos para suprimir el fuero constitucional a los presidentes municipales y demás integrantes de los Cabildos.

Dos días después, la reforma fue publicada en el órgano oficial de difusión el decreto 268 por el cual se da a conocer el contenido de la modificación constitucional.

La reforma constitucional fue aprobada por el Constituyente, gracias a que la mayoría de los Cabildos que concluyeron sus funciones el 31 de diciembre de 2012, no se pronunciaron ni a favor ni en contra y dio lugar a la positiva ficta que derivó en la declaratoria que dio vigencia al retiro del fuero de los miembros de los Cabildo.

Sin embargo, los integrantes de los Cabildos que entraron en funciones el 1 de enero pasado, manifestaron su inconformidad con la reforma y por ello ahora la impugnan ante el máximo tribunal del país.

Fg

Temas: