Tras la Constitución; nuevas bases de la CDMX
Revocación del jefe de Gobierno o la no reelección del presidente del Tribunal Superior de Justicia son algunos de los principales cambios

CIUDAD DE MÉXICO.
LOS CAMBIOS ELECTORALES EN 2018
Aunque la Constitución entra en vigor el 17 de septiembre del 2018, se empezarán a aplicar las nuevas normas electorales durante las campañas y las elecciones de junio de ese año para Jefe de Gobierno, alcaldes, concejales y diputados locales, así lo establece el segundo artículo transitorio de la Constitución.
Para que eso suceda, en los próximos tres meses la ALDF deberá tener lista la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
CONCEJALES
En 2018 los citadinos votarán por primera vez por los concejales de las delegaciones, serán entre 10 y 15 por demarcación Su función será supervisar y evaluar las acciones del gobierno y controlar el ejercicio del gasto público.
En las alcaldías de 300 mil habitantes habrá 10 concejales; en las de entre 300 y 500 mil habitantes serán 12 los concejales, y en las de más de 500 mil habitantes habrá 15 integrantes.
Sesenta por ciento de los concejales serán electos por el principio de mayoría relativa y 40 por ciento por representación proporcional, pero ningún partido político podrá contar con más de 70 por ciento de los concejales en una alcaldía. Quien ocupe el cargo podrá ser reelegido en en una ocasión.
REELECCIóN DE DIPUTADOS LOCALES
En cuanto a los diputados locales, a partir del próximo año 33 serán electos por el principio de mayoría relativa y 33 por el de representación proporcional, y formarán parte del Congreso de la Ciudad de México, que sustituirá a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
En las elecciones de 2021, los 66 diputados locales podrán aspirar a ser reelectos: estará en manos de los electores, a través de su voto, definir si los legisladores hicieron o no un buen trabajo.
Actualmente en la ALDF hay 40 diputados locales por mayoría relativa y 26 plurinominales.
CANDIDATOS INDEPENDIENTES
Desde 2018 los ciudadanos podrán solicitar registrarse como candidatos independientes a alcaldes, concejales y diputados locales si logran obtener firmas de respaldo equivalentes al uno por ciento de la lista nominal de electores, lo que es considerado por analistas como un avance considerable, pues antes se les pedía el dos por ciento.
CAMBIOS EN DEMOCRACIA DIRECTA
La mayor transformación en materia de democracia directa será la posibilidad de los ciudadanos de revocar el mandato de cualquier funcionario público, incluido el Jefe de Gobierno, pero hay una serie de reglas y tiempos que cumplir para que sea una realidad.
Debe solicitar la revocación 10 por ciento de los ciudadanos que están en la lista nominal de electores, y el día de la votación 40 por ciento de los que integran la lista deben pedir la revocación, de lo contrario no se hará efectiva.
Otra restricción, plasmada en el artículo 30 de la Constitución de la Ciudad de México es que “la consulta para revocación del mandato sólo procederá una vez, cuando haya transcurrido al menos la mitad de la duración del cargo de representación popular de que se trate”.
Así, por ejemplo, en tanto que el próximo Jefe de Gobierno asumirá el cargo el 5 de octubre de 2018, éste podría ser sujeto de un proceso revocatorio hasta después del 5 de diciembre de 2021.
REFERÉNDUM
Otro de los temas de democracia directa es que se podrán someter a referéndum las reformas a la Constitución si así lo solicita 40 por ciento de los ciudadanos de la lista nominal o dos terceras partes de los que integren el Congreso.
Pero la legislación que tenga que ver con derechos humanos, materia penal o tributaria no podrá someterse a referéndum. Esta figura se podrá aplicar hasta que esté en funciones el Congreso de la Ciudad de México, es decir, en octubre de 2018.
También se podrán someter a plebiscito las decisiones públicas de los jefes del Ejecutivo o de las alcaldías, pero deben solicitarlo 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal.
Será el Instituto Electoral de la Ciudad de México el responsable de llevar a cabo un proceso revocatorio, así como un referéndum o plebiscito.
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Uno de los principales cambios en el poder judicial es que a partir de la Constitución se crea una Sala Constitucional, que “será la máxima autoridad local en materia de interpretación de la Constitución Política de la Ciudad de México”.
La sala formará parte del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, estará integrada por siete magistrados designados por el pleno del Tribunal “en sesiones abiertas y transparentes”, señala el artículo 41 de la Constitución y permanecerán 8 años en su cargo.
A su vez, el presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México ya no podrá reelegirse como hasta ahora; será designado por los magistrados del Tribunal, durará un año en su cargo y no tendrá opción de reelección.
Mientras que el Ministerio Público se transformará en una Fiscalía General de Justicia, que será un organismo público autónomo y el fiscal será electo por mayoría calificada del Congreso y estará cuatro años en su cargo.
Las funciones de la Fiscalía serán investigar delitos y establecer una política de persecución criminal.
ALCALDÍAS
En la ciudad las alcaldías tomarán el lugar de las delegaciones y la Constitución de la Ciudad de México previó que “habrá una revisión de la configuración para la división territorial de las demarcaciones que conforman la ciudad”.
El objetivo es equilibrar el número de habitantes de las alcaldías para que no haya ninguna con más de 500 mil habitantes, pero todo el proceso de revisión debe terminar en diciembre de 2019.
En la Comisión de Alcaldías, una de las ocho de la Asamblea Constituyente, hubo un intenso debate sobre si debía especificarse en la Constitución qué demarcaciones debían subdividirse, en tanto que había consenso sobre la importancia de hacerlo en las más grandes: Iztapalapa, Gustavo A. Madero y Álvaro Obregón, pero al final se decidió que sería materia de una legislación secundaria.
CABILDO
Otra transformación en la ciudad será la creación de un Cabildo, donde estará tanto el Jefe de Gobierno como los 16 alcaldes, y funcionará como un órgano de planeación, coordinación y consulta. Sus decisiones serán por consenso.
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
En la Constitución de la Ciudad de México se crearon siete organismos autónomos que son de carácter especializado e imparcial, tienen personalidad jurídica y patrimonios propios, tienen plena autonomía técnica y de gestión. Entre ellos están el Instituto Electoral de la Ciudad de México, el Consejo de Evaluación de la Ciudad y la Defensoría del Pueblo.
INSTITUTO DE DEFENSORÍA PÚBLICA
La creación del Instituto de la Defensoría Pública como organismo autónomo es otro cambio importante, pues actualmente la defensoría pública es una dirección de área dentro de la Consejería Jurídica de la Ciudad de México.
El objetivo central de ese instituto será “garantizar el derecho a la defensa en materia penal, el acceso a la justicia mediante la orientación, la asesoría y representación jurídica en materia familiar, administrativa, fiscal, mercantil y civil”.
CONSEJO DE EVALUACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Será el encargado de evaluar todas las políticas, programas y acciones que lleven a cabo las dependencias de gobierno de la ciudad. Sin embargo, sus atribuciones, funciones y composición serán definidas en una ley secundaria, en la que también deberán definirse las formas en las que los ciudadanos podrán participar en los procesos de evaluación.
Dentro de ese consejo habrá una serie de comités encargados de evaluar los diferentes programas y proyectos de los diversos ámbitos: económico, desarrollo social, desarrollo urbano, rural, seguridad ciudadana y medio ambiente.
LOS NUEVOS DERECHOS EN LA CONSTITUCIÓN
Algunos de los más relevantes, por ser la primera vez que se reconocen en una Constitución local, son los derechos de los pueblos indígenas, de los afrodescendientes, de las mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad, personas LGBTTTI, de los migrantes y personas sujetas a protección internacional, personas en situación de calle y personas no humanas, es decir, los animales.
He aquí parte del contenido medular de esos derechos, para los mexicanos afrodescendientes: “las autoridades adoptarán medidas efectivas de trato igualitario, en consulta y cooperación con estas personas, para el ejercicio pleno de sus derechos, combatir los prejuicios y estigmas, eliminar el racismo”.
Los migrantes “tendrán la protección de la ley y no serán criminalizados por su condición”.
“Se reconoce en igualdad de derechos a las familias formadas por parejas de personas LGBTTTI, con o sin hijas e hijos, que estén bajo la figura de matrimonio civil, concubinato o alguna otra unión civil”.
En cuanto a los animales, el artículo 18 señala que la Constitución “reconoce a los animales como seres sintientes y, por lo tanto, deben recibir trato digno” y que la ley determinará “las conductas prohibidas con objeto de proteger a los animales y las sanciones aplicables por los actos de maltrato y crueldad.
MARIGUANA
La Constitución establece en su artículo 14 que “a toda persona se le permitirá el uso médico y terapéutico de la cannabis sativa, indica, americana o mariguana y sus derivados, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la legislación aplicable”.
Y en el artículo quinto transitorio se plantea que todas esas disposiciones entrarán en vigor cuando “la ley general en la materia lo disponga”.
AUTORIDAD DEL CENTRO HISTÓRICO
En la Constitución quedó establecido que el Centro Histórico “quedará bajo la responsabilidad directa del Jefe de Gobierno, a través de la autoridad del Centro Histórico, en todo lo que respecta a regulación urbana, intendencia, mantenimiento, renovación, restauración y conservación de inmuebles y monumentos históricos”.
REFORMAS A LA CONSTITUCIÓN
En cuanto a la posibilidad de reformar la Constitución que terminó de escribirse y votarse el pasado 31 de enero, el propio texto constitucional señala que podrá ser reformada “cuando así lo pidan la mayor parte de los integrantes del Congreso de la Ciudad de México”, la iniciativa de reforma deberá publicarse y se votará hasta el siguiente periodo de sesiones del Congreso de la Ciudad de México.
En los artículos transitorios se establece que la fecha límite que tendrá el Congreso local para armonizar todos los ordenamientos jurídicos de la ciudad con la Constitución federal será el 31 de diciembre del 2020.
Renta mínima
El mínimo vital, una cantidad que deberá recibir todo habitante de la Ciudad de México para cubrir sus necesidades básicas, fue aprobada por el pleno de la Asamblea Constituyente de madrugada y en domingo.
“Se dará prioridad a las personas en situación de pobreza” y va a funcionar usando como criterios básicos la progresividad, con los indicadores que establezca el organismo federal competente, y una serie de metas fijadas por la dependencia local correspondiente.
EL EDITOR RECOMIENDA



