Borrador de Constitución; el proyecto es confuso e inconsistente: Coparmex
Maneja términos subjetivos y presenta propuestas inviables y hasta inconstitucionales, señala el sector empresarial en documento previo a las mesas de trabajo que tendrán hoy con funcionarios

CIUDAD DE MÉXICO.
El proyecto de Constitución de la Ciudad de México es confuso, inconsistente e incluso inconstitucional en diversos aspectos de su redacción, lo que provocaría, de aprobarse sin mayores cambios, que se preste a múltiples interpretaciones y su cumplimiento sea inexacto o carente ante dicha complejidad.
Así lo considera la Confederación Patronal de la República Mexicana de la Ciudad de México (Coparmex), a través de un documento en poder de Excélsior, previo a la celebración del Foro Constitución CDMX. Aspiraciones y Realidades, que se llevará a cabo hoy a través de mesas de trabajo conformadas por especialistas y por integrantes del gabinete del Gobierno de la Ciudad de México y del sector empresarial.
En el análisis presentado por el organismo empresarial se apunta que el proyecto de la Carta Magna capitalina contiene términos subjetivos como “visión metropolitana”, “igualdad sustantiva” y “salario remunerador”.
El artículo 15 del proyecto de Constitución señala que para los trabajadores asalariados la jornada máxima semanal será de 40 horas para el “disfrute de la vida, el tiempo libre, la recreación, el descanso, la cultura y la educación”, así como el derecho a ejercer un trabajo digno que considere “una remuneración adecuada por los servicios que preste y seguridad social”.
De este artículo, el análisis señala que da cabida a la economía informal puesto que se le conceden derechos, pero no conciben obligaciones precisas, toda vez que en el apartado que se enfoca en las personas trabajadoras no asalariadas establece que “las personas prestadoras de servicios, vendedores fijos y semifijos, tienen derecho a desempeñar sus actividades y oficios en los espacios públicos de la ciudad, determinados por la ley”.

En ese sentido el análisis elaborado por la Coparmex apunta que “no se garantiza el comercio formal frente a una posible competencia desleal, pues incluso se le conceden derechos constitucionales que también deberían ser para la economía formal”.
El proyecto de Constitución también señala que la licencia por maternidad se establece de seis meses con goce de sueldo, y de paternidad mínima de un mes con el objetivo de “atender a los hijos recién nacidos o al inicio de una adopción”, además constituye que esta licencia podría ser mayor en caso de tener un hijo con discapacidad, a la que consideran inviable los integrantes de la Coparmex.
Respecto al mandato de no sancionar en forma alguna el consumo de cannabis, contenido en el artículo 14, referente al derecho al más alto nivel de salud, el organismo empresarial señala que “ni siquiera la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos otorga tanta libertad al consumo de alcohol o cigarros”.
Solicita revisar si esta disposición no contraviene al artículo 73 de la Constitución Federal referente a las facultades del Congreso de la Unión, en donde se le otorga intervención a un Consejo de Salubridad General que determina medidas contra el alcoholismo y la venta de sustancias “que envenenan al individuo o degeneran la especie humana” y sus disposiciones en esta materia son obligatorias en todo el país.
Se debería plasmar si la cannabis es una sustancia que envenena al individuo o degenera la especie humana y qué relación tiene esto con las acciones federales, estatales y municipales en el combate contra la delincuencia organizada y la venta de dicha sustancia para su consumo”, apunta.
Sobre el derecho a vivienda digna, señala que no se analiza las consecuencias jurídicas para la “protección contra los aumentos desproporcionados de los alquileres”.
Respecto a que el proyecto prevé que al cumplir 16 años las personas adquieren el derecho al sufragio libre, universal, secreto y obligatorio en los procesos locales de elecciones y de participación ciudadana, el análisis elaborado por la Coparmex señala que la redacción actual puede derivar en una inconstitucionalidad.
Lo anterior debido a que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que para ser ciudadano de la República se debe cumplir entre otros requisitos: que se tenga 18 años y que para ejercer su derecho al voto en elecciones populares, se debe ser ciudadano.
El documento advierte como positiva la supresión de los privilegios e inmunidad de servidores públicos para desterrar la impunidad y eliminar el fuero constitucional.
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