Desaparece el veto de bolsillo

El ejecutivo local ya no podrá congelar la publicación de cualquier ley o decreto aprobado por la ALDF

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CIUDAD DE MÉXICO.

El decreto que elimina la facultad de facto –sin reconocimiento jurídico– del jefe de Gobierno para negarse a promulgar una ley aprobada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) se publicó ayer en la Gaceta Oficial.

Para eliminar el llamado veto de bolsillo se modificaron el primer y segundo párrafo del artículo 92 y se adicionó el 93 de la Ley Orgánica de la ALDF, que establecen que las leyes y decretos que expida este poder se remitirán para su promulgación al jefe de Gobierno, quien podrá hacer observaciones y devolverlos dentro de 30 días hábiles, pero en caso de no ser devuelto en este plazo, se entenderá por aceptado y se procederá a su promulgación.

También se señala que será facultad del presidente de la Mesa Directiva o de la Diputación Permanente de la Asamblea promulgar las leyes o decretos por ministerio de ley, que deberán publicarse en forma inmediata por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, al día siguiente de su recepción, en la Gaceta Oficial.

Estas reformas se propusieron y aprobaron durante el segundo periodo ordinario de la presente Legislatura.

El diputado local José Manuel Delgadillo apuntó que este decreto permitirá el equilibro de los tres poderes locales, toda vez que el veto de bolsillo lo impedía.

“De nada servía que como diputados en la ALDF hubiera un debate fuerte, contundente, lleno de ideas, de claridad de las mismas, porque al final si se aprobaba, se mandaba al ejecutivo y él lo podía guardar en el cajón y no pronunciarse; es decir, ni vetarlo ni observarlo. Terminaba durmiendo el sueño de los justos”, apuntó.

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