Caso Narvarte: investigación debe enfocarse en crimen
El jurista y exsubprocurador, José Elías Romero Apis, afirma que ni el móvil ni el arma son indispensables para hacer justicia a las cinco personas asesinadas hace más de dos meses
CIUDAD DE MÉXICO.
En el caso Narvarte, lo importante jurídicamente es el homicidio de cinco personas. La ruta que siguieron los tres procesados el día de los hechos; que si en el contexto de los acontecimientos hubo drogas, o si los involucrados robaron o cometieron pillaje, es complementario pero no esencial en las investigaciones, afirmó José Elías Romero Apis, jurista y exsubprocurador general de la República.
“Lo primero que tiene que considerarse es que se trata de la investigación y del enjuiciamiento de un delito de homicidio cometido en contra de cinco personas. Jurídicamente esto es en lo que debe concentrarse la investigación, tal como sucedió; y en lo que debe concentrase el proceso, tal como está sucediendo”, sostuvo en entrevista con Excélsior.
Sobre la importancia de que se esclarezca el móvil del multihomicidio y la localización del arma utilizada en el interior del departamento 401 del 1909 de la calle de Luz Saviñón, explicó que “en más de 95% de los delitos el móvil no es importante, no lo exige el tipo legal, y el homicidio es uno de ellos”.
En torno al arma con que fueron asesinadas cinco personas el pasado 31 de julio en la colonia Narvarte, señaló que en muchos homicidios el objeto con el que se cometió ese hecho “desaparece”. Como ejemplo puso un supuesto asesinato con gas: éste desaparece al momento, sin embargo, con ese elemento se cometió un homicidio, pero el gas no existe más.
También exsubprocurador del Distrito Federal, Romero Apis sostuvo que “todas esas historias, reales o imaginadas que han permeado este caso, son circunstancias que pudieron complementar los indicios, pero no son el hecho esencial ni la probanza fundamental de este caso”.
Con base en las últimas investigaciones de lo ocurrido el 31 de julio, cuando cinco personas –Mile Virginia Martí, Olivia Alejandra Negrete Avilés, Yesenia Quiroz, Nadia Vera y el fotoperiodista Rubén Espinosa– fueron asesinadas, y que fueron publicadas el pasado jueves en este rotativo, el abogado, profesor de Garantías Constitucionales y de Derecho Procesal Penal, afirmó que la consignación hecha por la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) en contra de Daniel Pacheco, Abraham Torres Tranquilino y Omar Martínez Zendejas ha sido muy bien integrada.
“Los hechos imputados contienen los elementos del delito en cuanto a tipicidad, culpabilidad, imputabilidad y antijuridicidad. Además, tiene todo el basamento probatorio necesario”, dijo.
En la publicación del jueves anterior se dio aconocer que los tres procesados salieron juntos a la una de la tarde y 36 minutos a bordo de una Suburban azul de un punto en la zona de la colonia San Francisco Culhuacán, en Taxqueña, y a las siete de la noche y 10 minutos los tres volvieron a subirse a la misma camioneta después de abandonar el Mustang rojo que robaron a una de las víctimas y desaparecieron en la misma zona donde iniciaron su camino hacia la colonia Narvarte.
La opinión de Romero Apis es que las pruebas en que se sustenta la consignación de los tres involucrados en el multihomicidio, de acuerdo al curso de las investigaciones, es que la Procuraduría capitalina cuenta con más de diez tipos de pruebas: identificación, testimonios, declaración de los inculpados, prueba indiciaria, prueba presuncional, pericial de dactiloscopia, pericial de genética, pericial de voz y de video, pericial de medicina forense y de criminalística.
El también presidente de la Academia Nacional ofreció una explicación de en qué consisten las pruebas a las que se refiere: “La pericial de medicina forense ha dejado en claro la existencia de los cadáveres de las personas asesinadas. Además, precisó el tiempo en el que se cometió el asesinato. La de criminalística es la que nos dice que, efectivamente, fueron privadas de la vida y la forma o instrumentos que se utilizaron para cometer los asesinatos.
“La identificación es la que indica la identidad y el reconocimiento de las personas que acudieron al lugar de los hechos en el tiempo de su comisión. Las declaraciones de los inculpados, los cuales reconocen que estuvieron en el lugar de los hechos, tal como lo señalan los videos de las cámaras oficiales y privadas.
“Los testimonios son los que establecen, por parte de cada uno de los indiciados, la presencia de los otros en el lugar de los hechos. La prueba indiciaria en cuanto al concierto de voluntades en el encuentro, el traslado de los inculpados al lugar de los hechos y su retirada del mismo, después de la comisión de los asesinatos.
“La prueba presuncional en cuanto a la relación entre su presencia y los homicidios. La pericial de dactiloscopia en cuanto a las huellas dactilares encontradas en el lugar de los hechos. La pericial de genética en cuanto a las muestras encontradas y analizadas a través del ADN.
“La pericial de voz en cuanto a los sonidos registrados en las conversaciones telefónicas de los inculpados y la pericial de video en cuanto a la identificación de los inculpados”.
En opinión de Romero Apis, lo que se espera del proceso es una sentencia condenatoria para los tres implicados en estos cinco homicidios, que podría llegar hasta 70 años de prisión
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