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Outsourcing

Opinión del experto nacional

Opinión del experto nacional

Por Fadlala Akabani

El outsourcing, o subcontratación en español, es una práctica corporativa consistente en que una empresa delegue algunas responsabilidades o parte de sus procesos a un tercero, es decir, una empresa dedicada a proveer talento humano y soluciones tecnológicas. Su objetivo es incrementar la productividad a partir de la flexibilidad laboral. En México, los recursos humanos más contratados bajo esta modalidad son los servicios de limpieza, seguridad, contratación y manejo de personal, contabilidad y asesoría jurídica. Según datos de la Confederación Mundial de Empleadores (WEC, por sus siglas en inglés), operan en nuestro país alrededor de 900 empresas de subcontratación, pero sólo el 11% están registradas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). De acuerdo con el Reporte Económico 2021 de la WEC, nuestro país se ubica en el cuarto lugar a nivel mundial respecto al número de personas contratadas bajo esquemas de tercerización, con 4.6 millones de trabajadores; tan sólo por detrás de Japón, China y Estados Unidos que tienen 4.7, 11.7 y 16 millones de empleados por outsourcing, respectivamente.

A nivel latinoamericano, México es el primer lugar en esta categoría y junto a Brasil (quinta posición mundial y segunda en América Latina), con sus 3.3 millones de registros, representan a las dos únicas economías de la región que sobrepasan el millón de trabajadores subcontratados. El outsourcing en nuestro país estaba regulado por la Ley Federal del Trabajo (2012), según la cual, todos los trabajadores tercerizados debían contar con derechos laborales como antigüedad y registro ante el IMSS, y esta responsabilidad recaía en la compañía que terceriza sus servicios, es decir, la contratista.

Según estimaciones de la Secretaría del Trabajo, de los 4.6 millones de trabajadores subcontratados en México, hasta el 63% de ellos, 2.9 millones, están en un esquema de outsourcing ilegal; que vulnera sus derechos laborales, daña las finanzas públicas y desfasa la capacidad de crecimiento de las instituciones de seguridad social con respecto al número de trabajadores activos. Una fuerte motivación para incurrir en prácticas ilegales es la oportunidad de eludir el adecuado reparto de las utilidades y, así, obtener un mayor margen de ganancia, pero la enorme proporción de ilegalidad tiene implicaciones negativas; a nivel local, distorsiona el mercado creando una competencia desleal, que en la escala global reduce significativamente la competitividad de las empresas, pues a pesar de ocupar el cuarto lugar en número de empleados, México no entra en la lista de los primeros 15 países, respecto a los ingresos producidos por subcontratación, liderada por EU, Reino Unido, China, India, Japón y los países de Europa Occidental.

Con un escenario más que motivante para respaldar a las y los trabajadores mexicanos, generadores de la riqueza, y contribuir al establecimiento de condiciones propicias para la competencia e incremento de la competitividad empresarial, el jefe del Ejecutivo presentó al Congreso su iniciativa de reforma en materia de subcontratación laboral, un compendio de adiciones y derogaciones a diversas disposiciones de varias leyes, de las que sobresalen la Ley Federal del Trabajo, la Ley del Seguro Social y el Código Fiscal de la Federación.

Entre los cambios más sustantivos, destaca que las empresas tienen permitida la subcontratación de trabajadores, servicios y obras que no formen parte de la actividad preponderante ni del objeto social de la entidad corporativa. Existirá un padrón para el registro obligatorio de las empresas contratistas (transferentes de servicios) que logren acreditar capacidad de cumplimiento a sus obligaciones laborales y fiscales, a cargo de la Secretaría del Trabajo; el incumplimiento de dichas obligaciones será causa de pérdida del registro. Leyes del IVA e ISR quedan homologados con respecto al Código Fiscal para subsanar los vacíos legales que permitían la simulación y defraudación fiscal. La crítica simplista a que la mayoría parlamentaria del partido en el poder apruebe las iniciativas del Jefe del Estado, y líder político de esa mayoría legislativa y social deja de lado un factor de suma importancia, que el avance de ésta (y otras reformas) se ha basado en el consenso, generado en este caso a partir del diálogo y negociación entre los sectores empresarial y sindical con la mediación del gobierno de México. La reforma ha sido aprobada por el Congreso, publicada en el Diario Oficial como norma vigente en materia de subcontratación desde el sábado 24 de abril y el proceso de recontratación de trabajadores y regularización de empresas ha comenzado con antelación y articulación entre gobierno e iniciativa privada.

La reforma en materia de subcontratación del jefe del Ejecutivo devuelve al gobierno de México la potestad como garante de los derechos laborales, procura mejores condiciones para la competitividad económica y abre la puerta a la iniciativa privada para recuperar el papel de responsabilidad social que le corresponde, pues el crecimiento económico debe traer consigo desarrollo humano y social.

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