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La reforma laboral más importante de los últimos 100 años

Opinión del experto nacional

Opinión del experto nacional

Por Alfredo Domínguez Marrufo

Para muchos, es claro que durante las últimas décadas México estableció una política laboral basada en mantener bajos salarios para hacer más competitiva la industria y atraer inversiones. Se ofreció, además, una “paz laboral” basada en el control sindical y prácticas de simulación en la contratación colectiva. Todo para insertarnos en el mercado mundial sin reparar en los costos internos, como fue la hoy evidente precarización del empleo.

Luego vino la reforma a la Ley Federal del Trabajo de 2012 que, lejos de beneficiar a los trabajadores, los perjudicó, toda vez que se legalizaron los esquemas de tercerización (outsourcing) que, al ser utilizados en forma abusiva y sin ningún control ni vigilancia gubernamental, afectaron aún más los salarios y también la seguridad social de los trabajadores, al ser una práctica común registrarlos en el IMSS con un salario mucho menor al que perciben.

Por otro lado, desde hace muchos años, un amplio sector de trabajadores ha venido pugnando por sindicatos realmente democráticos, por rescatar la negociación colectiva auténtica y la recuperación de los salarios. Estos esfuerzos cobraron impulso, debemos reconocerlo, con la exigencia de nuestros socios comerciales (Estados Unidos y Canadá) que ven los bajos salarios y el control de los sindicatos como dumping laboral.

La llegada de la Cuarta Transformación tenía que pasar forzosamente por transformar el mundo del trabajo; lo cual posibilitó la reforma laboral de mayo de 2019, que significó el viraje más importante en las relaciones obrero-patronales y la vida sindical en los últimos cien años.  

Este nuevo modelo laboral descansa en tres ejes: primero, justicia expedita e imparcial, con la eliminación de las Juntas de Conciliación y Arbitraje y la creación de los Tribunales Laborales adscritos al Poder Judicial. Segundo, la democracia sindical, con el voto personal, libre, directo y secreto de los trabajadores para elegir dirigentes sindicales y aprobar contratos colectivos. Tercero, la creación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), responsable del registro de sindicatos y depósitos de contratos colectivos de todo el país, así como de la conciliación a nivel federal a la que tendrán que acudir trabajadores y empleadores antes de ir a un Tribunal Laboral.

Este nuevo sistema apuesta por la conciliación como la vía por excelencia para la solución de conflictos laborales. Los convenios que se realicen tendrán el carácter de cosa juzgada, y deberán concluirse en 45 días como máximo, y sólo en caso de no conciliar, se podrá acudir ante un Tribunal, el cual, a su vez, deberá cumplir con los principios de inmediación, inmediatez y oralidad, en el que las partes deberán declarar y rendir sus pruebas frente al juez laboral, lo que reduce los tiempos y garantiza una mayor imparcialidad.

En lo que hace a las organizaciones sindicales, vamos por una democracia real porque se trata de regresar el poder de decisión a los trabajadores. Adiós a las elecciones a mano alzada, a las presiones indebidas de líderes ilegítimos o empleadores. No más contratos firmados a espaldas de los trabajadores. Además, se destierran los emplazamientos a huelga por seudosindicatos, que no son otra cosa que una vil extorsión a los empleadores, cuya práctica común es exigir la firma de un contrato colectivo, alegando falsamente que se cuenta con el respaldo de los trabajadores.

El gran reto es que todas y todos conozcan sus derechos y obligaciones y las nuevas reglas que implica este nuevo modelo de justicia laboral, que lo pongan en práctica; la ley y la Constitución son sólo los cimientos del gran edificio que tenemos que construir, y que no sólo nos toca hacer realidad a las autoridades, sino también a los trabajadores y empleadores.

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