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El fuero: lo popular y lo responsable

María Amparo Casar

María Amparo Casar

A juicio de Amparo

Todos los partidos se cuelgan la medalla por haber aprobado su eliminación, todos lo hicieron porque es lo políticamente correcto, porque vende electoralmente y porque según las encuestas es visto bien por la población. Pero también todos lo hicieron de manera irresponsable y engañando a la población. Argumentan que con ello se acabará la impunidad de todos los funcionarios que gozan de ese privilegio y que ahora podrán ser llamados a cuenta, juzgados y castigados. Varias de las organizaciones de la sociedad civil también empujaron la iniciativa. Por eso se presenta también como un logro ciudadano. De aprobarse la eliminación del fuero ya no hará falta lo que hasta ahora se conoce como juicio de procedencia y que consiste en que la Cámara de Diputados le retire la inmunidad procesal al funcionario, lo separe del cargo y pueda ser sometido a juicio penal. De prosperar la minuta, lo que ocurrirá es que cualquier funcionario podrá ser acusado por el Ministerio Público y someterlo a proceso. Esto no implica que pueda ser separado de su cargo o privado de su libertad mientras dura el juicio. Es solamente hasta que haya sentencia en firme cuando esto podría ocurrir.

Podría parecer que esto tiene más ventajas que desventajas, pero no es así. En primer lugar, la eliminación del fuero no conlleva la eliminación de la impunidad. La justicia en México no es ni pronta ni expedita como marca la Constitución. Si cualquier juicio lleva literalmente años, los juicios contra los servidores públicos son todavía más lentos. Con un sistema de justicia como el vigente en el que la PGR se usa con fines políticos, esta institución tendrá un arma todavía más poderosa para facilitar la condena de los enemigos o para proteger a los amigos. Con otra, con la desaparición del fuero —a diferencia de lo que ocurre ahora— el plazo para la prescripción de los delitos no queda interrumpido y esto le conviene a los pillos pues acorta el tiempo durante el cual pueden ser juzgados por el delito cometido.

Segundo, se abre la posibilidad de la amenaza de una investigación para acallar o para forzar una conducta “a modo” a un legislador incómodo, rebelde o indisciplinado. Y, ¿por qué no?, a un funcionario público que se salga del huacal o que denuncie un acto de corrupción.

Tercero, nos quieren hacer creer que ahora todos seremos iguales ante la ley. Falso. Los funcionarios que sean acusados por el fiscal no podrán ser sometidos a prisión preventiva ni tampoco sufrirán la separación del cargo. Por ejemplo, Borge y Javier Duarte cuando eran gobernadores o los titulares de las nueve dependencias que formaron parte de La Estafa Maestra seguirían en sus cargos a pesar de que hubiese suficientes indicios de la comisión de delitos de corrupción. La no prisión preventiva y la no separación del cargo para los funcionarios es un tratamiento diferencial frente a los demás. No obstante, como lo señala Diego Valadés, sí estarán sujetos a otras medidas cautelares como no poder salir del país o tener que portar un localizador electrónico.

Cuarto, el fuero existe casi en todas las democracias y tiene propósitos claros. Originalmente fue ideado para proteger a los miembros del parlamento por sus opiniones y eso debe permanecer. Después evolucionó y tomó también la función de evitar purgas políticas. Este aspecto también debe subsistir.

Hay que agregar que, como señala el Dr. Roldán Xopa, la minuta también se refiere al juicio político y que de aprobarse el presidente podrá ser sujeto a él “con un procedimiento y una decisión de extrema discrecionalidad en la condena o en la absolución. Es la conveniencia o inconveniencia, la oportunidad, la coyuntura, la correlación de fuerzas, las condiciones propicias o adversas en el conflicto, la integración del Congreso, las mayorías y minorías, las alianzas, las que determinan la decisión”.

El fuero tal como existe hoy en la Constitución debe ser reformado, pero no eliminado. Después de Guatemala, México es el país en el que un mayor número de servidores públicos tienen inmunidad procesal y uno de los que más delitos contempla dentro de esa su inmunidad. También, tiene un procedimiento demasiado complicado para lograr el desafuero. Pero eso es, precisamente, lo que tiene que cambiar: el número de protegidos, los delitos por los que se les protege y el mecanismo para poder juzgarlos.

En materia de impunidad hay reformas mucho más importantes y eficaces y, sobre todo, que no acarrean los problemas de la eliminación del fuero: la reforma al 102 constitucional y su Ley Orgánica para poder construir una fiscalía independiente, la formación de policías de investigación y ministerios públicos con capacidades adecuadas y sin normas que hagan depender sus averiguaciones y sus carreras de lo que diga el jefe; la apertura de los concursos para acceder a los puestos en el Poder Judicial y la eliminación del nepotismo a su interior o la ley que protege y premia a los denunciantes. Esas siguen estancadas. Por algo será.

 

Investigadora del CIDE

amparo.casar@gmail.com

Twitter: @ amparocasar

 

 

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