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El pueblo pone y el pueblo quita

Columnista Invitado Nacional

Columnista Invitado Nacional

Por duardo Ramírez*

El pasado martes se cumplió un compromiso importante en nuestra agenda legislativa, la Cámara de Diputados aprobó incluir en la Constitución la revocación de mandato, con las modificaciones que hicimos en el Senado; ahora tocará el turno a los congresos locales para analizar y discutir una figura que cambiará por completo nuestro sistema político, pues, a partir de su publicación, se acabarán aquellos momentos en que los ciudadanos, hartos de un gobernante, debían dar tiempo a un nuevo proceso electoral para renovar sus esperanzas.

Sin embargo, y con la mayor responsabilidad, se determinó que no podrán ser objeto de consulta popular, entre otros, la restricción de los derechos humanos, la materia electoral, el sistema financiero, ingresos y Presupuesto de Egresos, las obras de infraestructura en ejecución, la seguridad nacional y el funcionamiento de la fuerza armada permanente.

Por lo que se refiere a la revocación de mandato puedo afirmar que las ofertas de los partidos y sus candidatos tendrán que apegarse más a las demandas de los ciudadanos, mostrarse con una mayor transparencia, explicar lo que hacen y por qué, para que así el ciudadano pueda evaluar si un gobernante está haciendo buen trabajo o, por el contrario, ha faltado a sus promesas y debe abandonar el mandato.

En las modificaciones aprobadas se estableció que la revocación de mandato para el Presidente solamente podrá solicitarse en una sola ocasión durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional. Podrá solicitarse por los ciudadanos en un número equivalente al menos a 3% del inscrito en la lista nominal de electores y deberá corresponder a por lo menos 17 entidades federativas que representen también, como mínimo, 3% de la lista nominal de electores de cada entidad federativa.

Para que el proceso sea válido deberá haber una participación de, por lo menos, 40% de los inscritos en la lista nominal de electores y sólo procederá por mayoría absoluta. El INE tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación. Finalmente, en caso de haberse revocado el mandato del Presidente la República, asumirá provisionalmente la titularidad quien ocupe la presidencia del Congreso para que dentro de los 30 días siguientes, el Congreso nombre a quien concluirá el periodo constitucional del mandatario sujeto a revocación.

Por lo que se refiere a los gobernadores, se respetó el procedimiento que ya algunas entidades federativas habían establecido en su Constitución para aplicar la revocación de mandato; las que no lo han hecho tendrán que incorporar un procedimiento o sujetarse a lo que se estableció en la Constitución.

Sin duda, lo que está en el centro del debate es si con la figura de revocación de mandato gana el ciudadano y gana el país. Desde mi punto de vista, sí gana el ciudadano y sí gana el país, porque lo que todos queremos es un gobierno eficaz, gobernantes que respondan a las demandas ciudadanas y que no incurran en excesos o usen al gobierno para su beneficio personal y la revocación de mandato incide en esos aspectos de manera favorable. Con la revocación de mandato se fortalece la democracia al reafirmarse el derecho que tiene el pueblo soberano a que, en todo tiempo, pueda alterar o modificar la forma de su gobierno…, en otras palabras, el pueblo pone y el pueblo quita. 

           *Fb: Eduardo Ramírez

                Twitter e Instagram: @ramirezlalo_

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