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La Constitución y la tierra prometida

Carlos Elizondo Mayer-Serra

Carlos Elizondo Mayer-Serra

Contrapunto

Después de obtener su visa para ingresar a México en el año 1936, un socialista polaco que buscaba salir de Europa solicitó en la embajada mexicana que le prestaran libros sobre México. Quería saber a dónde iba. Sólo encontraron un ejemplar en francés de la Constitución. Se la devoró. Al terminarla le dijo emocionado a su mujer: “Vamos al mundo por el que tanto hemos luchado”. Cuando llegó a Veracruz, sin embargo, no daba cuenta de lo que veía: pobreza, suciedad, desigualdad, racismo. Eso no podía ser la tierra prometida. Se volvió con el capitán del barco para reclamarle: ¡Yo voy a México! El capitán movió la cabeza afirmativamente: “Sí señor, eso es México”. Su hija cuenta que nunca se recuperó del shock.

Somos buenos para hacer promesas en los textos legales. Sin embargo, la realidad se encuentra muchas veces en otra parte, como lo atestiguó este socialista optimista.

Las recientes reformas constitucionales, sobre todo en materia energética, mejoran algunos de los errores más graves del pasado, como el permitir finalmente la competencia en el sector. Otras son muy complicadas, por más que uno esté de acuerdo con sus objetivos, como la electoral.

¿Por qué ha habido esa distancia entre las leyes mexicanas y la realidad? Una primera razón es porque somos ingenuos. Intentamos resolver realidades complicadas tratando de detallar en la Constitución cómo debería ser el mundo. Las leyes no deben ser sólo bellos objetivos, han de promover comportamientos congruentes con lo que se desea conseguir.

Para un socialista en 1936 era tranquilizador ver plasmada su visión del mundo en los loables objetivos del artículo 123 de la Constitución. Sin embargo, éste no ha resuelto un problema central de los mexicanos: la falta de trabajos bien remunerados. Uno, por promover comportamientos opuestos a la productividad. Por ejemplo, para un trabajador bien asesorado es rentable hacer poco. No es fácil despedirlo y si sucede tendrá una buena indemnización. Dos, porque la sobrerregulación que se requiere para tratar de alcanzar esos objetivos, en un país tan corrupto como el nuestro, suele llevar a todo tipo de extorsiones. Sobre todo para los pequeños y medianos empresarios que se atrevan a ser formales puede ser muy caro contratar a un trabajador que tenga mala fe.

Una vez que se sabe que es improbable que se cumplan las promesas constitucionales, importa menos cuáles se hagan. En muchos países, todo nuevo derecho antes de aprobarse debe venir acompañado del monto de su costo y mecanismo para pagarlo. Como en México hacer una promesa en la ley no significa que se vaya a cumplir, es tentador simplemente prometer, por más que esa nueva ley en muchos casos luego sea en beneficio de un grupo que pedirá el presupuesto para alcanzarla.

Sobran ejemplos. Desde 1993 la educación básica incluye hasta tercero de secundaria y es obligatoria, pero en 2012 no se graduó de tercero de secundaria 16% de la generación. Ni hablar de todos los derechos del artículo 4, que incluyen “derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad”, “a la protección de la salud”, “a un medio ambiente sano”, “al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal”, el que toda “familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa” (si vive solo, lo siento, ya no aplica) y muchos otros.

Paradójicamente, aunque muchas veces las grandes promesas se sabe que no se pueden cumplir, hay muchos otros casos en donde la Constitución impone restricciones o beneficios para alguien. Por ello, dada la desconfianza entre los actores políticos, toda negociación complicada se lleva a la Constitución. Esto para dificultar una futura reforma y tratar de asegurar que lo negociado hoy perdure.

Por lo anterior tenemos una Constitución larga, barroca y difícil de administrar. En ella hay todo tipo de contradicciones. Por ejemplo, la inclusión de la consulta popular en el artículo 35 de la Constitución, ocurrida en 2012, afirma que su “resultado será vinculatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales…”. Según el PRD y Morena, este artículo permite llevar a consulta el recién cambio constitucional en materia energética. Pero el artículo 135 que señala cómo se reforma la Constitución, con el voto de dos terceras partes de ambas Cámaras, no menciona como mecanismo para ello la consulta popular, donde el resultado se determina por mayoría simple. ¿Entonces es vinculante, pero no está en las reglas de cómo modificar la Constitución?

Como también desconfiamos de tener jueces honestos y con sentido común, les amarramos las manos para que no tengan margen de maniobra. Pero al final no hay ley que contemple todo, y es el Poder Judicial el que tiene que decir qué significa nuestra ley. Y aunque desconfiamos de ellos, no hay mecanismos rigurosos, como una eficaz oficina de asuntos internos en el Poder Judicial, que sancione con toda la fuerza la corrupción dentro de éste.

Un reto de las reformas recientes es usar aquellas nuevas formas de control de la ley, desde los órganos autónomos hasta los nuevos consejos de administración de Pemex y la CFE, para ir avanzando hacia los objetivos que el Legislativo dejó plasmados en el texto constitucional. Hay que romper incontables inercias, pero este conjunto de reformas en general persiguen objetivos más alcanzables y en muchas de ellas se ha pensado mucho mejor en los instrumentos para lograrlo, aunque falta terminar y perfeccionar la agenda anticorrupción.

                *Profesor investigador del CIDE

                elizondoms@yahoo.com.mx

                Twitter: @carloselizondom

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