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Endurece la ALDF las penas contra los delitos ambientales

Con lo que se pretende frenar acciones cometidas por la delincuencia organizada y corrupción para obtener la verificación vehicular

Notimex | 28-04-2011

CIUDAD DE MÉXICO, 28 de abril.- El pleno de la Asamblea Legislativa aprobó por unanimidad reformas al Código Penal para endurecer penas contra delitos ambientales con lo que se pretende frenar acciones cometidas por la delincuencia organizada y corrupción para obtener la verificación vehicular.

Al fundamentar el dictamen, el perredista Julio César Moreno Rivera detalló que se impondrá de tres a nueve años de prisión y de mil a cinco mil días de multa a quien haga un uso distinto al permitido del uso del suelo, afecte el suelo de conservación, en barrancas, y en áreas verdes en suelo urbano.

Las penas se duplicarán cuando uno o más de las conductas se desarrollen en un área natural protegida, en un área de valor ambiental, en el suelo de conservación, en una barranca o en un área verde en suelo urbano.

Indicó que el artículo 344 del Código Penal sancionará de uno a cinco años de prisión y de 300 a mil 500 días de multa, a quien descargue o deposite hasta un metro cúbico de residuos sólidos de la industria de la construcción en lugares no autorizados.

Además se aplicarán las mismas penas a quien transporte residuos de la industria de la construcción, sin contar con el pago de derechos respectivos o sin la documentación comprobatoria que acredite su disposición final o reciclaje en un lugar autorizado.

Moreno Rivera explicó que el artículo 344 bis establece que se impondrá de seis meses a cinco años de prisión y de 500 a dos mil días de multa, a quien extraiga suelo o cubierta vegetal, piedra o tierra natural, por un volumen igual o mayor a dos metros cúbicos en áreas naturales protegidas, áreas de valor ambiental, barrancas, suelo de conservación, o un área verde en suelo urbano.

El también presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, dijo que se le impondrá de tres a cinco años de prisión y de 500 a dos mil días de multa, al que derribe, tale o destruya parcialmente u ocasione la muerte de uno o más árboles.

Asimismo, puntualizó que se crea un delito relevante, que consiste en el transporte ilegal de madera hasta por cuatro metros cúbicos de madera en rollo, con el fin de frenar la tala inmoderada e ilegal de zonas al sur de la Ciudad, como el Ajusco.

"Y en donde además, se contemplan estas y otras conductas como delincuencia organizada en materia de delitos contra la gestión ambiental", advirtió.

Moreno Rivera indicó que se tipifica el delito de posesión de hologramas de verificación apócrifos.       

También se sancionará al empleado o prestador de servicios, dentro de los centros de verificación vehicular que por sí o por interpósita persona, solicite o reciba dinero o cualquier otra dádiva para la aprobación de la verificación vehicular, o por cualquier motivo cobre una cantidad superior a la autorizada oficialmente.

Finalmente, puntualizó que se hicieron adecuaciones a los principios generales, donde a los primodelincuentes ambientales que acrediten haber reparado el daño ambiental y que están efectuando labores proambientales, los jueces no les apliquen pena alguna.

 

mca

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