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Sistema de Precedentes de SCJN favorece posibilidad de error judicial: Roberto de la Garza

El abogado penalista, Roberto de la Garza, advirtió que este sistema de precedentes, configurado tras la Reforma judicial de junio de 2021, conlleva grandes riesgos.

Redacción | 13-12-2021
Foto: Especial.
Foto: Especial.

Tras la reforma judicial de 7 de junio de 2021, quedó configurado el sistema de precedentes en el que la interpretación que haga el Pleno o las Salas de la Suprema Corte, por mayoría calificada, será obligatorio para todas las autoridades del país, implicando que un solo caso resuelto por mayoría calificada por el Más Alto Tribunal vinculará a todas las autoridades, quienes día con día aplican la ley.

En ese contexto, el abogado penalista Roberto de la Garza, señaló que este nuevo sistema conlleva graves riesgos de que una decisión desprovista del equilibrio y elementos contextuales de la revisión reiterada, resulte en un criterio definitivo que se propagará indiscriminadamente por todo el sistema judicial. La preeminencia de este sistema sobre la fórmula cuantitativa en la conformación de las jurisprudencias, elimina de facto la riqueza contextual en la construcción de resoluciones judiciales, con ello se pierden las garantías de previsión del error judicial al limitarse a un solo “caso” la definición de criterios que alcanzarán a todo el sistema judicial.

La incorporación de un Sistema de Precedentes en el Sistema Jurídico Mexicano, no sólo no se entiende, sino que supone una innumerable cantidad de riesgos que se materializarán conforme pase el tiempo”, comentó.

El penalista aseguró que fortalecer de esta manera a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en detrimento de los demás tribunales del Poder Judicial de la Federación, vulnera equilibrios institucionales y procedimentales en la correcta administración de justicia.

Se ha perdido de vista que nuestra Constitución no es estática, como acontece en otros países que se rigen por un sistema de precedentes como lo es Estados Unidos de América, en el que la inflexibilidad de su norma fundamental obliga a que el derecho se construya principalmente a partir de las decisiones judiciales. En México, la fuente primordial del derecho es la ley y con la existencia de un procedimiento relativamente rígido para modificar el texto de la Constitución Federal, se cuenta con flexibilidad y oportunidad para adaptar nuestro marco legal a los cambios sociales”, apuntó Roberto de la Garza.

Comentó que derivado de lo complejo que es que un asunto llegue a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sobre todo a partir de las restricciones que han sido recientemente ampliadas en la Ley de Amparo, los supuestos en los que podrán modificarse los precedentes obligatorios serán muy limitados; lo anterior, ya sea porque los asuntos no sean del gusto de la Corte (“interés excepcional”), “importancia y trascendencia”, o bien porque ya exista jurisprudencia que inhiba la posibilidad de que la SCJN conozca de un asunto.

Así, los jueces y magistrados quedarán vinculados por el precedente obligatorio, sin margen de sustitución, y las partes del juicio de amparo no tendrán la posibilidad de modificar/subsanar el error judicial que pudo dar lugar a la creación de la jurisprudencia de que se trate. Ello no solo puede dar lugar a un estancamiento de la jurisprudencia, sino que podría incidir en la correcta impartición de justicia.

Finalmente, Roberto de la Garza cuestionó si vale la pena someterse a los riesgos a que se ha hecho referencia, cuando nuestro sistema jurídico cuenta con mecanismos que suponen su modificación para adaptarse a los cambios sociales con meridiana facilidad.

 

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