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Nacional

Pregunta, en manos de la Suprema Corte; decidirá constitucionalidad

Los ministros tienen hasta el 5 de octubre para determinar si cumple con los criterios que marca la legislación

LETICIA ROBLES DE LA ROSA | 16-09-2020
Luis María Aguilar, ministro de la Suprema Corte, será quien estudie la petición de consulta presentada por el Ejecutivo.

CIUDAD DE MÉXICO.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene ya en sus manos la decisión sobre la realización de la primera consulta popular para preguntar a los mexicanos si debe enjuiciarse penalmente a los expresidentes de la República Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo, Vicente Fox, Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto, y tendrá hasta el 5 de octubre para aclarar si es constitucional.

Basado en el artículo 26 de la Ley Federal de Consulta Popular, el Senado envió de inmediato a la Suprema Corte la solicitud presidencial y los ministros de la Corte contarán con un máximo de 20 días naturales para informar si la consulta es constitucional y si la pregunta es correcta.

La Corte deberá revisar que la pregunta no sea tendenciosa o contenga juicios de valor, emplee lenguaje neutro, sencillo y comprensible, y produzca una respuesta categórica en sentido positivo o negativo; en su caso podrá realizar las modificaciones a la pregunta, a fin de garantizar que cumpla con los criterios anteriores, porque así lo ordena la ley.

La Suprema Corte notificará al Senado de su resolución, dentro de las 24 horas siguientes de emitirla. Si la Corte decide que la consulta es inconstitucional, informará al Senado y concluirá el proceso.

Si la Corte evalúa que la consulta popular solicitada es constitucional, la pregunta quedará firme, sin posibilidades de modificarse; el Senado será notificado de esta decisión colegiada de los ministros, establece el mecanismo legal.

El Senado turnará el tema a su Comisión de Gobernación, ahora presidida por Mónica Fernández Balboa, expresidenta del Senado, y podrán participar las comisiones relacionadas con el tema, en este caso la de Justicia, presidida por otro senador de Morena, Julio Menchaca.

Una vez avalado el dictamen de la o las comisiones del Senado, donde bastará el voto de Morena, PT, PVEM y PES, pasará al pleno y éste lo enviará a la Cámara de Diputados; en ambos casos bastará con el voto de la mayoría simple, la cual tiene Morena y sus aliados políticos.

Una vez aprobada, el Senado emitirá la Convocatoria y notificará al Instituto Nacional Electoral, que será el encargado de organizarla, desarrollarla, computarla y declarar oficialmente los resultados.

Aunque la ley dice que la Consulta se realizará el mismo día de las elecciones federales, desde el año pasado la Constitución ordena que será el primer domingo de agosto del año de la elección federal; por eso, se aplica el criterio de supremacía constitucional, por lo que la consulta popular se aplicará el 1 de agosto del 2021, como marcan las reglas.

“La Corte tiene claro su papel en este caso, como establece la Constitución, para revisar la constitucionalidad de las consultas que se planteen por cualquiera de las tres vías; éste es un tema de legalidad y de constitucionalidad”, aseguró la senadora priista, Claudia Ruiz Massieu, expresidenta nacional del PRI, partido al que pertenecen tres de los cinco expresidentes de la República que se busca juzgar.

Por su parte, el coordinador de los senadores del PAN, Mauricio Kuri, comentó que se trata de “un circo” y recordó que la justicia se aplica, no se somete a consulta popular.

“No le quiero lavar la cara a nadie, pero yo no soy ni abogado defensor ni abogado para acusar a nadie. Yo lo que digo es que la Fiscalía tiene que actuar y esto es, sin lugar a dudas, un circo mediático para poder ocultar lo importante, que son 70 mil muertos por la pandemia; 50 mil muertos por homicidios dolosos y la caída de la economía”, dijo el panista.

¿Qué sigue?:

1. Senado.

Una vez recibida la petición de la consulta, el presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República envía la solicitud a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo cual ya ocurrió ayer.

2. Corte.

La SCJN tiene 20 días hábiles para determinar si la propuesta de pregunta es constitucional, cumple con los requerimientos y, si es necesario, modifica la pregunta. Notifica su decisión al Senado.

3. Senado.

El presidente del Senado publicará la resolución en la Gaceta Parlamentaria y turnará la petición a comisiones, para su dictaminación. El dictamen debe ser avalado en el pleno del Senado y enviado a los diputados.

4. Diputados.

El dictamen de la consulta popular debe ser aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados. Una vez avalado, el Senado expide la convocatoria y notifica al Instituto Nacional Electoral.

5. INE.

El Instituto Nacional Electoral es el encargado de organizar la jornada de consulta en todo el país, difundirla y promover la participación ciudadana en el ejercicio democrático.

6. Consulta.

La consulta popular se deberá realizar el primer domingo de agosto del año de la elección federal, de acuerdo con lo que establece el artículo 35 de la Constitución mexicana.

Intocables

La Constitución prohíbe que las consultas populares aborden los siguientes temas:

  • La restricción de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales.
  • El tipo de régimen en el que México se constituye (artículo 40 de la Constitución).
  • La permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos de elección popular.
  • La materia electoral.
  • El sistema financiero, ingresos, gastos y el Presupuesto de Egresos de la Federación.
  • Las obras de infraestructura en ejecución.
  • La seguridad nacional.
  • La organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada.

 

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