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Nacional

Cementos Chihuahua deberá pagar 50 mdd

Debe cumplir el pago del laudo arbitral por 50 millones de dólares

Redacción | 02-09-2021
La empresa violó un acuerdo con accionistas
La empresa violó un acuerdo con accionistas

CIUDAD DE MÉXICO.

Grupo Cementos de Chihuahua (GCC) tendrá que hacer frente a la obligación -que en 2015 se le adjudicó- por un laudo de 36.5 millones de dólares, cantidad que se elevó a más de 50 millones de dólares por concepto de intereses, de acuerdo con información de la Corte de Apelaciones del Décimo Circuito de los Estados Unidos.

Al señalar que es “engañoso que Grupo Cementos de Chihuahua pretenda revertir su obligación de pagar el adeudo”, se informó que se terminaron las opciones legales para evitar cumplir con el pago del laudo arbitral.

Qué va a pasar cuando se le acaben las opciones, va a tener que hacer frente a esto. Esto tiene efectos, que no cuente esta historia completa y haga ver que tiene mejores posibilidades de escapar a la obligación de pago es engañoso para los inversionistas mexicanos”, se expuso en la Corte del Décimo Circuito de Colorado.

Cabe señalar que este litigio inició en 2011, cuando la Compañía de Inversiones Mercantiles SA (CIMSA) estableció una disputa legal contra GCC, luego de que la empresa mexicana, vendió su parte accionaria en la Sociedad Boliviana de Cemento faltando al derecho preferente de CIMSA antes de ofrecerla a terceros, conforme se establecía en el acuerdo de accionistas.

Ante la negativa de GCC de cumplir con la resolución del Tribunal Arbitral, CIMSA acudió a la justicia de Estados Unidos, la cual admitió jurisdicción y reconoció el laudo arbitral, emitiendo sentencias favorables para la empresa boliviana tanto en la Corte de Colorado, como en la Corte de Apelaciones y finalmente ante la Suprema Corte.

En síntesis, “la decisión de la justicia norteamericana fue clara y no dejó lugar a dudas, GCC debe pagar a CIMSA”.

Además, desafortunadamente GCC no está cuantificando ni valorando el daño que le ocasiona a su reputación al estar en incumplimiento al laudo de una institución arbitral como la Comisión Interamericana de Arbitraje Comercial (CIAC), así como a las sentencias firmes y prácticamente definitivas de la justicia, de las Cortes de los Estados Unidos.

 

AMU

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