CIUDAD DE MÉXICO.
Una vez que se nombre al titular de la Comisión de Búsqueda de personas desaparecidas de la Ciudad de México, la comisión tendrá 30 días hábiles para conformar grupos de búsqueda.
Así lo aprobó el Congreso local al reformar los Artículos 2, 6, 7, 8, 23 y 40 de la Ley de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México.
Te puede interesar: Autoritaria, propuesta del PAN de uso obligatorio de cubrebocas: Sheinbaum
El presidente de la Comisión de Atención Especial a Víctimas del cCngreso local, Emmanuel Vargas Bernal, explicó que “se busca fortalecer el marco de acción de la Institución de búsqueda de personas y que ésta pueda auxiliarse de los grupos de búsqueda ubicados en cada una de las 16 demarcaciones territoriales ante el reporte de la desaparición de una persona”.
Los comités de búsqueda, expresó, permitirán una mayor celeridad en la búsqueda “aumentando la posibilidad de localización con la presunción siempre de que está con vida”.
Te puede interesar: Apagones' en Metro por trabajos de calibración en Líneas 1 y 3
A través de la reforma se crearán unidades de atención temprana que brindarán asesoría y orientación legal al denunciante y así “recibir de manera inmediata las denuncias de las personas y canalizarlas a la instancia competente, de acuerdo con la naturaleza del acto denunciado”.
Por unanimidad de 60 votos de los legisladores se aprobó la Iniciativa presentada por la Diputada Leticia Estrada Hernández y el Diputado Emmanuel Vargas Bernal.
Visita nuestras Galerías al dar clic en el siguiente enlace.
En el siguiente enlace podrás encontrar las noticias de Última Hora.
sarr
Comparte en Redes Sociales