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Nacional

¿Qué pasó realmente en Huitzilac?

¿Qué sucedió la mañana del 24 de agosto de 2012 en la carretera México- Cuernavaca? Las investigaciones de la PGR, la Policía Federal y funcionarios del gobierno estadunidense aún no ofrecen una respuesta contundente

Fred Álvarez | 10-12-2012

CIUDAD DE MÉXICO, 10 de diciembre.- Era un 3 de octubre de 1927 cuando el general Francisco Serrano y los generales Vidal, Peralta y demás acompañantes fueron masacrados por compañeros de armas: el general Claudio Fox operó la matanza. Un capítulo negro en nuestra historia. Fox, en abuso de sus funciones, ordenó que se les ataran las manos y al no tener cordeles lo hicieron con alambre de púas que arrancaron de las cercas. Todos los cadáveres tenían las marcas en las muñecas. Las autopsias nunca fueron dadas a conocer. Eso fue en 1927.

Años después hubo otro hecho lamentable cerca de ese lugar. Presumiblemente, policías federales cometieren una serie de irregularidades contra ciudadanos estadunidenses.

El caso quizá nunca se hubiese aclarado si le hubiera pasado a un ciudadano común, pero le sucedió a dos agentes de la CIA y a un capitán de la Marina.

¿Qué pasó en Tres Marías? Es la pregunta que me hice y compartí en un artículo anterior. (El caso de Huitzilac/Fred Álvarez, Código Topo # 49 de Excélsior, 1 de octubre de 2012). Escribí: “El caso Tres Marías pudo causar un grave daño a las relaciones diplomáticas de México y EU, pero lo que se creyó una ‘emboscada’, quedó calificado como una ‘confusión.’”

Y es que todo apuntaba a eso, sobre todo debido a las declaraciones de Luis Cárdenas Palomino, jefe de la División de Seguridad Regional de la SSP, quien ante una pregunta expresa dio la versión de la equivocación y del uso excesivo de la fuerza. El almirante secretario Francisco Saynez también se manifestó en esos términos entrevistado al término de la ceremonia del Sexto Informe de Gobierno del presidente Calderón. “¿Hubo errores?”, le preguntaron. Respondió: “pues tal vez sí hubo errores, esperemos que nada (grave), por supuesto; entiendo que hay errores, pero nada malintencionado; sin embargo, se deben revisar los procedimientos y ver en qué se falló y castigar, por supuesto, claro que sí (castigar esos errores)”.

-¿Los confundieron? ¿Dicen que (los federales) estaban investigando un secuestro?-, se le inquiere de nuevo. “Probablemente estuvieran investigando un secuestro. Pienso que todo eso que dice oficialmente la Policía Federal debe ser cierto, pero tiene que comprobarse en los hechos…”

Pero semanas más tarde las investigaciones de la PGR son contundentes: hay 14 policías federales –no 12 como se dijo originalmente- involucrados por su probable responsabilidad en la comisión de los delitos de homicidio calificado en grado de tentativa, daño en propiedad ajena, falsedad en declaraciones y portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército.

Todos ellos se encuentran internados en cárceles federales de Jalisco y Chihuahua. El caso lo lleva Griselda Sáenz Horta, jueza cuarto de distrito en el estado de Morelos.

La jueza emitió órdenes de aprehensión contra otros cinco mandos de la policía, de los cuales únicamente se sabe el nombre de uno: Juan Manuel Pacheco Salgado, por cierto, libre bajo fianza. Fue consignado por encubrimiento; no participó directamente en el incidente violento, empero, se le atribuye haber concentrado a los involucrados el día de los hechos y ordenarles que se cambiaran la ropa de civil por el uniforme para presentarse a declarar ante el Ministerio Público Federal (MP). Los demás son mandos de la policía de coordinación estatal de Morelos y también fueron consignados por el delito de encubrimiento y actualmente están amparados.

Además hubo uso excesivo de la fuerza como lo comenté entonces (leer el Acuerdo 04/2012, “Reglas del uso de la fuerza en la SSP”, DOF: 23/04/2012 en anexo).

Sabemos que quien lo ordenó fue el subinspector Uriel Garrido Franco, una vez (dice la oficina de Asuntos Internos de la SSP) que personal de la CIA “disparó al aire” al ver policías “armados” y “vestidos de civil”. Dicha versión fue narrada originalmente por Noé Ramos García y José Cruz Ortega Sánchez, y después por Ivonne Moreno: “los tripulantes de la camioneta negra se detuvieron pero cuando observaron que de los autos particulares bajaban hombres armados y vestidos de civil, lanzaron un disparo al aire y emprendieron la huida.”

“En respuesta, el subinspector Garrido ordenó repeler la agresión”, detalló uno de ellos. En tanto, la suboficial Moreno dijo que al intentar escapar, el conductor de la camioneta negra atropelló a un policía federal, al que ella levantó del piso (no dice el nombre ni presenta pruebas de lesiones) Entonces se inició la persecución y la balacera.

¡UN BUEN GUIÓN PARA UN FILME HOLLYWOODENSE!

El caso obviamente no está cerrado.

La investigación sigue abierta pero el caso no se investigó por vínculos con la delincuencia organizada, como algunos analistas lo comentaron inicialmente.

Por cierto, personal del Federal Bureau of Investigation (FBI) ha participado en la investigación, las autoridades les han dado información.

Aunado a todo lo anterior fue inusual la renuncia –o despido- del titular de la Subprocuraduría Especializada en Investigación en Delincuencia Organizada, Cuitláhuac Salinas Martínez, a muy pocos días del término del gobierno del presidente Calderón.

¿Tendrá que ver con el caso? El subprocurador renunció la tarde del día 15 de noviembre, justamente el día que se “actualizaron” las investigaciones del caso. Un reportero le pregunta eso precisamente a la maestra Maribel Cervantes Guerrero, comisionada de la Policía Federal, a lo que respondió: “no es una información que yo tenga”, “desconozco los motivos de la renuncia del subprocurador”.

¿Y qué dice el comunicado de la PGR del 19 de noviembre?

El domingo 18 de noviembre la PGR “actualiza el caso Tres Marías – AP/PGR/DGCAP/ ZCB-IV/174-A/2012-” y emite el Boletín 382/12 con las declaraciones de la Subprocuradora Victoria Pacheco Jiménez, que dice:

-         “La PGR presentó hoy información que sustenta la averiguación previa relacionada con el incidente registrado en la carretera federal México-Cuernavaca, en las inmediaciones de Huitzilac, Morelos, misma que continuará abierta hasta el total esclarecimiento de esos hechos.”

-         Y aunque se relatan los hechos, no dicen los nombres de las víctimas ni tampoco reconoce que son de la CIA, sino que hablan de “funcionarios de la Embajada de EU”, quienes “viajaban en un vehículo que fue agredido por elementos de la Policía Federal, con 152 impactos de bala, de los cuales el 40 por ciento se dirigió a las ventanillas del piloto y copiloto; 19 por ciento a la parte posterior, tapa y defensa; 19 por ciento en el medallón; 15 por ciento costados; y, 7 por ciento en la parte frontal de la unidad.”

-         Los inculpados fueron internados en los CEFERESOS número 2 "Occidente" y número 9 "Norte", ubicados en Jalisco y Chihuahua, respectivamente, así como en el Centro de Readaptación Social número 3, en Chihuahua. Ellos son Carlos Sánchez Durán, Jorge Alberto Vargas Camacho, Emir Suárez García, José Uriel Garrido Franco "El Jefe Puma", Héctor Francisco Martínez Leyva, Ángel Mauricio Sotelo Martínez, Ranulfo Ruelas López, Gerardo Ramírez Garduño "El Anfibio", Rafael Rivera Córdova, Raúl Sánchez Fonseca, Francisco Humberto Segovia Domínguez, José Cruz Ortega Ortega, Tomás Romanillo Armenta e Ivonne Moreno Romero

-         Su “probable responsabilidad” “se sustenta en las indagatorias contenidas en los 26 tomos y siete anexos de la averiguación previa correspondiente con un total de 25 mil 754 fojas, que contienen 354 declaraciones de indiciados, testigos y víctimas, entre las que se encuentran las de los dos lesionados de nacionalidad norteamericana obtenida por medio de la asistencia jurídica internacional correspondiente, así como la declaración del elemento de la Secretaría de Marina (…)y que de acuerdo con los elementos de prueba, no realizó disparo alguno.”

¿QUÉ SUCEDIÓ ESA MAÑANA DEL 24 DE AGOSTO DE 2012?

Hay en efecto varios comunicados oficiales (recomiendo leerlos en Código Topo # 49 de Excélsior, 1 de octubre de 2012): Tres se emitieron el día 24 de agosto: el primero se emitió conjuntamente por la Secretaría de Marina y la SSP, el segundo, por la PGR boletín 291/12 y el tercero, por la oficina de la Embajada de EU en México. Días después -el 28 de agosto-, la Marina hace unas precisiones para informar que el capitán de Corbeta no era el conductor del vehículo.

El 17 de septiembre la SSP emite el comunicado No. 348 donde se informa que han entregado al MP información relacionada con el secuestro de Salvador Vidal Flores.

Meses después -18 de noviembre-, la PGR emite el boletín 382/12, mencionado arriba.

Recordemos que la acusación más sólida originalmente en contra de los policías era por abuso de autoridad y uso excesivo de la fuerza. Más tarde, las cosas cambiaron de acuerdo a los informes de la subprocuradora Victoria Pacheco Jiménez.

Hay, de acuerdo al informe, pruebas contundentes de la culpabilidad de los agentes. No hay pruebas de los dichos de que los agentes de la CIA dispararon al aire. El asunto sigue… Los policías contrataron a su propia defensa. La PFP no los defiende.

LA VERSIÓN DE LOS AGENTES DE LA CIA

Esa mañana del viernes 24 de agosto de 2012, Jesús Hoods Garner y Stan Dove Boss, agentes de la CIA, así como el capitán Fabián Molina Llera fueron “confundidos con delincuentes” por un numeroso grupo de policías federales por lo que fueron perseguidos y recibieron múltiples impactos de armas de fuego.

Las balas de los rifles de asalto que penetraron el blindaje número siete se incrustaron en el Toyota Land Cruiser e hirieron a los estadunidenses. El marino tuvo sólo leves heridas. Pudieron salvar la vida gracias a que iban en un vehículo blindado.

Se dijo que hubo “una confusión por persecución del delito”, pero la Embajada de EU señaló, categórica, en un comunicado que se trató de “una emboscada”.

Nunca ha cambiado la versión, aunque la secretaria de Estado Hillary Clinton haya dicho que se trató de un incidente.

Algunos analistas hablaron de complicidad con el crimen organizado. La investigación no va por ahí. Aunque haya habido arraigo a los policías federales.

¿Cuál es la versión de los agentes de la CIA?

Una nota de Abel Barajas para el periódico Reforma publicada el 22 de noviembre difunde la versión asentada en la causa penal 83/2012 del Juzgado Cuarto de Distrito en Morelos, a cargo de la jueza Griselda Sáenz Horta:

“Acorralados (…) el agente de la CIA Stan Boss, conductor de la camioneta (…), le dijo a sus compañeros que se ‘haría el muerto’ para que (les) dejaran de disparar ( …), sin embargo no lo hacen y continúan disparándole al vehículo, entonces, mientras disparan, el piloto recibe dos impactos adicionales de bala, uno en el brazo derecho y otro en el muslo derecho.

“Unos cuantos segundos después de eso dejaron de disparar y miré por las ventanas, percatándome que se veían entre ellos como si no trajeran más municiones, quedando todo muy quieto, entonces los pistoleros no nos hablan, no se acercan al vehículo y el piloto sigue haciéndose el muerto", narró el también agente Chese Garner (Jesús Hoods Garner).

A Stan, su compañero al volante, el rozón de un tiro le destrozó la mitad de la oreja derecha, le incrustó los lentes en la cara y produjo un desmayo momentáneo, pero reaccionó cuando recibió otro balazo en el brazo y se dio cuenta que también empezaba a sangrar de una pierna.

“El primer impacto que sentí fue en la cabeza, en la zona del oído derecho, de atrás hacia adelante y en la mejilla, me lesionó con un rozón, de hecho me destrozó la oreja en la parte media, a consecuencia de ello perdí el sentido.

“Cuando vuelvo en sí me percato que fui impactado en el brazo derecho, pero tenía diferentes esquirlas, aproximadamente 10, las cuales no tuvieron salida, sentí otra lesión en la pierna derecha, en el muslo, igual por una bala; en ese momento me dedico a hacerme el muerto para que dejaran de atacarnos”, recuerda Stan Boss (Stan Dove Boss).

Uno de los federales vestido de civil fue el más perseverante. Al frente de su grupo, con un arma larga que en un principio a los estadunidenses les pareció que era una AK-47, disparó directamente a la altura de la ventanilla del conductor, luego en el parabrisas y el cristal del copiloto. "¡Son diplomáticos! ¡son diplomáticos!", gritaba el capitán de Fragata Fabián Molina Llera, quien también iba en el asiento posterior del vehículo, desesperado porque no salía su llamada de celular para pedirle ayuda al teniente de Fragata Leonardo Ruiz Canche, entrenador del campo de adiestramiento en "El Capulín".

Las últimas imágenes que Boss recuerda resumen un episodio sangriento. "Yo estaba tratando de usar mi celular, pero había tanta sangre en mis manos que no pude hacer nada. "Vi que (Garner) se desplomaba enfrente del vehículo y alcancé a ver que sus piernas y toda la parte de atrás estaba llena de sangre, entonces yo intentaba abrir la puerta del vehículo".

"Después se me extrajo (una bala) del muslo al ser atendido en el hospital de la Marina en la Ciudad de México, misma que me fue entregada y yo a su vez se la entregué al investigador del Departamento de Estado adscrito la Embajada de Estados Unidos en México", contó.

Los agentes relatan con detalle lo que sucedió desde que salieron del hotel Fiesta Inn de Cuernavaca, eran poco más de las 7 de la mañana de ese viernes 24 de agosto.

“Cuando el vehículo de los agentes se empató abruptamente por el lado izquierdo con la camioneta de placas diplomáticas, el estadunidense Boss advirtió que el copiloto de la Voyager llevaba un arma larga entre las piernas, al parecer un AR-15, y le hizo señas para detenerse.

El agente de la CIA al volante detuvo la marcha y la Voyager paró unos 20 metros delante de la Toyota. Dos de los federales vestidos de civil, empuñando sus rifles de asalto, bajaron de la camioneta y es cuando Stan Boss pisa el acelerador en reversa y le comienzan a disparar.”

Aunque la agente Ivonne Moreno dice sobre este pasaje que el primer disparo lo escuchó como a 20 centímetros de la ventanilla de Boss, luego de que éste bajara el cristal, la investigación de la fiscalía comprobó que los agentes de la CIA y el marino no iban armados. “La PGR nunca halló un indicio balístico distinto al de las armas de los policías.”

Al parecer la investigación es contundente. Pero eso lo decidirá la autoridad judicial: la jueza Cuarto de Distrito en el Estado de Morelos.

Por cierto, por alguna razón que se desconoce, aunque la procuradora Marisela Morales lo justificó, los diplomáticos no declararon de inmediato ante el MP como lo manda la ley. Lo hicieron semanas después y en EU.

La investigación profunda de la fiscalía se debe, sin duda, a la magnitud de los hechos. ¿Se hubiera investigado igual si las victimas no fueran agentes de la CIA? ¿Y qué pasó con la averiguación previa que se inició originalmente AP/ PGR/MOR/TV/611/1/2012? ¿Fue absorbida por oficinas centrales?

Por otro lado, el Senado de la República aprobó el jueves 15 de noviembre una propuesta de punto de acuerdo para que el Ombudsman nacional “investigue los hechos que constituyan una violación grave a los derechos humanos relacionados con el ataque ocurrido a un vehículo diplomático en el estado de Morelos.”

También el Senado “exhorta, respetuosamente” al secretario de Seguridad Pública “a remitir un informe detallado y por escrito, explicando el actuar de sus elementos en relación con el ataque ocurrido (…) en el Estado de Morelos.”

 

Acuerdo 04/2012, reglas del uso de la fuerza en la SSP

DOF: 23/04/2012

ACUERDO 04/2012 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se emiten los lineamientos generales para la regulación del uso de la fuerza pública por las instituciones policiales de los órganos desconcentrados en la Secretaría de Seguridad Pública.

CAPITULO I

Artículo 3.- Para los efectos de los presentes Lineamientos, se entenderá por: (…)

XVIII. Uso Legítimo de la Fuerza: la aplicación de métodos, técnicas y tácticas con base en distintos niveles de fuerza, en el ejercicio de las funciones, de conformidad con la legislación aplicable, los Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre el Empleo de la Fuerza y de armas de fuego así como por el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer la Ley y los presentes

Lineamientos.

Artículo 4.- El uso de la fuerza pública se realizará estrictamente en la medida que lo requiera el ejercicio de las funciones de los integrantes de las instituciones policiales y deberá ser: legal, necesaria, proporcional, racional, y oportuna para garantizar el cumplimiento de los principios de legalidad, objetividad, honradez, eficacia, eficiencia, responsabilidad, diligencia, profesionalismo y respeto a los derechos humanos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 5.- El uso de la fuerza necesaria se destinará a neutralizar y a controlar conductas que generen amagos de violencia y que tengan propensión a causar daños a la integridad de otras personas o a la de los elementos de los cuerpos policiales federales.

Artículo 6.- El Uso Legítimo de la Fuerza podrá emplearse también para restablecer el orden público causado por disturbios colectivos y por actos tumultuarios que generen violencia o daños a terceros, propiedades e integridad física de otras personas, así como en situaciones de alteración grave del orden y la paz públicos (…)

Artículo 18.- Cuando el empleo de las armas de fuego sea inevitable, los integrantes de las Instituciones Policiales encargados de hacer cumplir la ley:

a) Ejercerán moderación y actuarán en proporción a la gravedad del delito y al objetivo legítimo que se persiga.

b) Reducirán al mínimo los daños y lesiones, asimismo respetarán y protegerán la vida humana.

c) Procederán de modo que se presten lo antes posible asistencia y servicios médicos a las personas heridas o afectadas, y

d) Notificará lo sucedido, sin dilación alguna, a los familiares de las personas heridas o afectadas.

Artículo 19.- Los integrantes de las Instituciones Policiales, en el ejercicio de sus funciones, podrán hacer uso de sus armas en forma racional y proporcional para asegurar la defensa oportuna de las personas o derechos de terceros o de los propios.

Dichos servidores públicos podrán hacer uso gradual de la fuerza en legítima defensa, en cumplimiento de un deber o en defensa de un bien jurídico.

Artículo 20.- Los integrantes de las Instituciones Policiales informarán de los hechos cuando se haya participado en algún acto en que se hubiere tenido que hacer uso de la fuerza y elaborarán una narración de los hechos en el Informe Policial Homologado.

Es evidente que algunos policías federales no siguieron el librito.

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