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Política y violencia contra las mujeres

Ruth Zavaleta Salgado

Ruth Zavaleta Salgado

Zurda

En un Sistema de Justicia Penal que se presume garantista debería suceder lo último y, además, deberíamos apostarle a la prevención para que no sucedan los actos delictivos, sin embargo, hay conductas delictivas que han aparecido o se han intensificado en los últimos procesos electorales. Por ejemplo, la violencia política que se manifestó contra candidatas de diversos partidos políticos (Coyoacán contra Maria Rojo o Martha Érika Alonso en Puebla).

Se ha comprobado en diferentes partes del mundo que a mayor participación femenina en la lucha por el poder, mayor violencia se genera contra las mujeres que aspiran a las representaciones políticas. En México, a partir de la reforma constitucional de paridad (2014) la presencia femenina en los espacios de poder se ha incrementado exponencialmente: en el Congreso de la Unión, de la anterior legislatura a la actual, se pasó de 214 a 241 diputadas y de 50 a 63 senadoras; en Congresos locales, de 29% a 47% (2013-2018) y en presidentas municipales, de 6.3%  a 27%, de 2014 a 2108, pero también se incrementó la violencia, según datos del séptimo informe de la empresa Etellekt, por género se contabilizaron 106 agresiones globales en contra de mujeres políticas en el país, 16 de estas agresiones fueron con consecuencias mortales para ellas (siete de las cuales eran candidatas y precandidatas a puestos de elección).

Este fenómeno no es privativo de nuestro país, por lo que el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) adoptó en 2015 en la Declaración sobre la Violencia y el Acoso Políticos como primer acuerdo regional, el de construir un modelo de Ley sobre Violencia Política contra las Mujeres que fue publicada en 2017 y que ha servido de base para la creación de normas, programas y medidas para la prevención, atención, protección y erradicación de esta violencia, en los ámbitos administrativo, penal y electoral. Lamentablemente, no existe a nivel federal una tipificación de este delito, por lo que para sancionar la comisión de delitos de violencia política contra las mujeres por razón de género algunas instituciones, como la Fepade, han recurrido a la identificación de ocho conductas delictivas en las que se encuadran la violencia política contra las mujeres. Además, también se consulta el Protocolo para la Atención de la Violencia Política en contra de las Mujeres en razón de género firmado por diversas instituciones. En el ámbito local, de forma diferenciada y sin armonización, en cada estado de la República tienen tipificado el delito de violencia política contra las mujeres: en la Constitución (sólo cuatro) o en el Código Penal (sólo tres), o lo tienen mencionado en las leyes electorales o en la Ley General de Acceso de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, pero esto no ha sido suficiente para procurar justicia de forma eficaz.

En el Congreso de la Unión, desde 2012 se han presentado más de una docena de iniciativas que pretenden reformar diversas leyes relacionadas con el tema, pero, hasta la fecha, no se ha logrado concretar la aprobación de la minuta pendiente del Senado de la República.

Por su parte, las organizaciones de la sociedad civil, Inmujeres, Gobernación, el INE, el Tribunal Electoral y la Fepade, han realizado algunos esfuerzos para enfrentar esta problemática. En el caso de la Fiscalía, se instaló una mesa de trabajo con diversos actores de instituciones de los tres poderes, institutos académicos, organizaciones sociales y personalidades para dar seguimiento al tema. Derivado de este esfuerzo, ha surgido la propuesta de una reforma específica al artículo 3 y 7 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral para incluir la tipificación de este delito y lograr que no quede impune por falta de un marco normativo adecuado. La última palabra la tendrá el Congreso de la Unión en donde, por cierto, hay una gran cantidad de mujeres que, unidas, pueden lograr los cambios legales para garantizar los derechos de las mujeres.

 

Maestra en derecho constitucional por la UNAM

ruthzavaletas@hotmail.com

 

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