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Tropiezo en la Corte

Raúl Contreras Bustamante

Raúl Contreras Bustamante

Corolario

El 3 de octubre pasado tuvo lugar un hecho inusitado en la historia institucional de nuestro país. Me refiero a la renuncia del ministro Eduardo Medina Mora.

Las tribulaciones del ministro comenzaron desde su llegada a la Corte en 2015, que estuvo plagada de críticas que cuestionaban su falta de méritos y conflictos de interés que pondrían en entredicho su actuación jurisdiccional y que se agravaron luego de la denuncia que la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaria de Hacienda hiciera en su contra por lavado de dinero.

La doctrina y el Derecho Comparado sugieren que el prestigio, conocimiento y experiencia de aquella persona que sea designada ministro o ministra, deben ser incuestionables, fuera de toda duda, porque ello garantizará el correcto funcionamiento de la misma Suprema Corte.

El historiador Gordon Wood señala que el funcionamiento de una Corte Suprema debe ser de una naturaleza irrebatible, ya que debe garantizar “la protección de los derechos de las minorías de todo tipo en contra de las mayorías populares”, es decir, debe ser el principal instrumento de contrapeso y conservación de la democracia.

A pesar de que el artículo 98 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que “las renuncias de los ministros de la Suprema Corte de Justicia solamente procederán por causas graves, serán sometidas al Ejecutivo y, si éste las acepta, las enviará para su aprobación al Senado”, el proceso de dimisión se llevó en la opacidad.

El texto de la carta de renuncia no explica los motivos y fue aceptada sin mayor dilación por el Presidente y el Senado, dejando muchas dudas, suspicacias y una vacante en nuestro máximo tribunal.

Desde el año 1931 ningún ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación había renunciado a su cargo y el hecho significa la crisis más relevante desde esta nueva época iniciada con la reforma constitucional de 1994.

Como se ha dicho, el papel que juegan los jueces constitucionales que integran nuestro máximo tribunal constitucional es de gran importancia para la existencia del Estado democrático de derecho, ya que deben ser vigilantes y defensores de la integridad de la Constitución y de los derechos de todos los habitantes del país.

Este tropiezo que se padece en la Suprema Corte de Justicia de la Nación exige una seria reflexión acerca de la llegada del nuevo ministro o ministra.

El perfil de quienes deberán llegar al más alto tribunal del país requiere integrarse por personas que hayan demostrado su experiencia y conocimiento de la ciencia jurídica, gozar de una incuestionable reputación, y su designación deberá tener un carácter técnico y no político, ya que de su correcta selección dependerá —en gran medida— la legitimidad de las decisiones que habrá de tomar.

Es cierto que algunas de las decisiones que la Suprema Corte toma tienen un impacto político, pero su actuación debe también contribuir a la construcción de relaciones de coordinación y cooperación con los otros dos Poderes, sin que ello signifique renunciar a sus funciones como guardián de la Constitución y control del poder.

Porque no se trata de un enfrentamiento entre los órganos de poder, sino de la colaboración que entre ellos debe existir, pues sólo así logrará México fortalecer al Estado de derecho.

Como Corolario, la definición del exministro de la Corte estadunidense, Stephen Breyer: “La Corte está obligada a propiciar la confianza de las personas en ella, la confianza en la Constitución y el compromiso de las personas con la ley”.

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