Pero qué necesidad…
Es de saludar cualquier iniciativa gubernamental encaminada a desalentar la comisión de delitos contra los ciudadanos y el Estado, especialmente aquellos que provienen de voluntades concertadas, llámense delincuentes o funcionarios públicos. Los Estados Nacionales buscan ...
Es de saludar cualquier iniciativa gubernamental encaminada a desalentar la comisión de delitos contra los ciudadanos y el Estado, especialmente aquellos que provienen de voluntades concertadas, llámense delincuentes o funcionarios públicos.
Los Estados Nacionales buscan siempre perfeccionar sus constituciones y leyes para cerrar espacio al delito, ya sea el común o el que proviene de mafias transnacionales, cada vez más sofisticadas.
De cierto modo podría decirse que la figura de extinción de dominio es una de las respuestas de México a su participación en la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
En esos intentos siempre hay una delgada línea en la que se cae en la tentación de aumentar la pena de delitos, como un factor disuasivo, lo que está plenamente demostrado que no funciona.
Esto se puede complicar aún más cuando existen altos incentivos para cometer delitos, como el expresar discursivamente que no será una política nacional perseguir a los grandes delincuentes. El poderoso mensaje enviado es que todo se puede.
Es esa permisividad la razón de los altos índices delictivos que enfrentamos.
La Ley Nacional Única en Materia de Extinción de Dominio puede ser un buen instrumento, pero qué necesidad de las y los señores legisladores de haber construido un dictamen que brilla por la cantidad de errores y falta de técnica jurídica.
O lo ocurrido se debe a la carencia de asesores porque los alcanzó la austeridad o a un desconocimiento absoluto del orden constitucional, porque los diputados se extraviaron con su mayoría y están a punto de llevar a los mexicanos a la incertidumbre jurídica, violentando la norma nacional y convencional.
Si el dictamen de la ley es aprobado en sus términos, será invalidada casi de manera automática por los jueces constitucionales del Poder Judicial de la Federación.
Tan grave es el tema, pero, al mismo tiempo, tan complejo, que los ciudadanos no conocedores del derecho deberían saber que en una desafortunada coyuntura podrían perder sus casas, departamentos y otros bienes.
Un ejemplo. La reforma al artículo 22 constitucional publicada el pasado 14 de marzo dice que procederá la extinción de dominio sobre bienes de carácter patrimonial cuya legítima procedencia no pueda acreditarse y se encuentren relacionados con las investigaciones derivadas de hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, delincuencia organizada, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita, delitos contra la salud, secuestro, extorsión, trata de personas y delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos.
El problema es que individualiza delitos que ya estaban incluidos, como aquellos que se cometen bajo la figura de delincuencia organizada.
Al hacer esto, les concede otra categoría y causa confusión, porque, en el caso de los estados del país, un ministerio público puede interpretar que estos delitos individualizados, aunque no sean cometidos por la delincuencia organizada, ameritarán la extinción de dominio.
Además, deja fuera la presunción de inocencia y el debido proceso, que son derechos humanos de carácter universal. En el texto anterior se establecía la garantía de que el afectado —usted que rentó un departamento a una pareja que resultó involucrada en estos delitos— pudiera demostrar la legítima procedencia de su inmueble y que no conocía que la hipotética pareja se dedicaba a delinquir.
Si el dictamen de esa ley se aprueba como está, usted y todos seremos despojados de algunos de los más importantes derechos humanos que la Constitución y los Tratados Internacionales nos garantizan. Ya sea porque estemos en una situación como víctimas de un engaño o porque podamos estarlo.
Como ese error existen muchos más, el denominar delitos que no existen como tales, tratándose de los cometidos por servidores públicos.
Pero qué necesidad. Lo mismo ocurre con la llamada Ley Garrote en Tabasco, que violenta el orden constitucional y ya no se diga el abuso de poder en que incurrieron los diputados de Baja California al extender el mandato del gobernador entrante.
Al final, será el Poder Judicial federal el que enmende la plana y nos rescate de estos graves peligros, para que luego terminen denostándolo.
Morena cuenta, en el Senado y en la Cámara de Diputados, con legisladores formados en el derecho. O los hicieron a un lado o guardaron silencio esperando que sea la Suprema Corte o los jueces constitucionales los que corrijan. Pero lo que no se vale es que se haga de manera intencional para desgastar al poder del contrapeso.
