La vergonzosa resistencia
Celebremos la existencia de las cuotas de género, que constituyen un avance en el difícil camino hacia la igualdad real.
No resulta rara ni carente de todo sentido la resistencia hacia las cuotas electorales basadas en género. Una sociedad liberal, comprometida con el individualismo, mira con sospecha a una ley que trata a las personas como miembros de un grupo social y no como individuos. ¿Acaso nuestra Constitución no prohíbe toda discriminación motivada por “género”? ¿Por qué distribuir bienes sociales —como son las candidaturas a cargos públicos— a partir de una característica biológico-cultural de las personas? ¿No debiera ser el mérito individual el criterio adecuado para ello?
La renuencia de las dirigencias de los partidos políticos a cumplir con las cuotas de género previstas en la ley y el reclamo de militantes hombres que se sienten discriminados con su aplicación, tiene implicaciones mucho mayores que un mero conflicto por cargos públicos. Lo que hay detrás es una teoría formalista y anacrónica sobre la igualdad.
En efecto, el entendimiento constitucional del derecho a la igualdad no es monolítico y hay quienes sostienen que el legislador no puede, bajo circunstancia alguna, clasificar a las personas utilizando categorías como etnia, edad, clase, religión, nacionalidad o, como en este caso, género, ya que estaría vulnerando el principio de no discriminación. Esta posición, aparentemente fiel a un mandato constitucional, se ufana de promover una idea de neutralidad que solamente una persona muy ingenua —o muy celosa de su posición de poder y privilegio— podría defender en el México actual. ¿De qué sirve la igualdad formal entre hombres y mujeres si las estadísticas muestran disparidades enormes en el ejercicio de los derechos y, muy en particular, de los derechos político-electorales?
La Constitución no nos pide vendarnos los ojos ante las desigualdades fácticas. Quienes leen en el texto constitucional una prohibición para generar oportunidades para un grupo social que históricamente ha sufrido subordinación y exclusión, reducen el derecho a la igualdad a un ideal de imparcialidad que no atiende debidamente a la complejidad de instituciones y prácticas que estructuralmente obstaculizan el ejercicio de los derechos. Su lectura no será rara ni carente de todo sentido desde el punto de vista del liberalismo individualista, pero resulta inaceptable e incluso vergonzosa a la luz del compromiso que nuestro país ha asumido en la construcción de una sociedad más igualitaria en términos sustantivos y que encuentra su fundamento no sólo en la Constitución sino en los tratados internacionales ratificados.
¿Son estos los actores políticos que buscan nuestro voto? ¿Los mismos que en sus discursos hablan (poco y de manera deficiente) sobre equidad de género pero en el momento crucial escatiman y limitan las oportunidades ya previstas en la ley para las mujeres?
Ni la supuesta discriminación de los hombres, la presunta generación de un estigma, la meritocracia (tan lejana a la política mexicana) o la limitación del mercado electoral constituyen argumentos válidos en contra de las cuotas de género. Ellas encuentran su justificación no únicamente en la igualdad sustancial sino en un principio básico de representación. La única salida para no cumplir con ellas, de conformidad con la ley, sería mediante procedimientos democráticos al interior de los partidos políticos. Y mientras éstos continúen siendo los feudos que conocemos, celebremos la existencia de este mecanismo de acción afirmativa que constituye un avance en el difícil camino hacia la igualdad real.
Licenciada por el Instituto Tecnológico Autónomo de México, maestra por la Universidad de Columbia en Nueva York y profesora de asignatura en el Instituto Tecnológico Autónomo de México.
