¿Excluye el Estado de derecho a las mujeres?
Si bien se pretende que el derecho sea un conjunto neutral de reglas que rigen la sociedad, en todos los países del mundo las leyes reflejan y refuerzan los privilegios e intereses de quienes ostentan el poder, en términos de clase social, origen étnico, racial, ...
Si bien se pretende que el derecho sea un conjunto neutral de reglas que rigen la sociedad, en todos los países del mundo las leyes reflejan y refuerzan los privilegios e intereses de quienes ostentan el poder, en términos de clase social, origen étnico, racial, religión o género.
En todas las sociedades las mujeres tienen menos poder que los hombres y existen dos áreas donde sus derechos están menos protegidos. La primera es el ámbito privado, donde muchas mujeres no tienen derecho a vivir en un entorno libre de violencia o a tomar decisiones sobre su sexualidad, el matrimonio, el divorcio y su salud reproductiva. La segunda son los derechos económicos, que incluye el derecho a un empleo digno y el derecho a heredar y controlar la tierra y otros recursos productivos.
En algunos casos las leyes discriminan explícitamente a las mujeres y les confieren menos derechos. En otros, la protección del Estado de derecho no se aplica a la esfera privada, donde millones de mujeres trabajan y donde son más propensas a experimentar violencia.
La implementación eficaz de leyes y garantías constitucionales es un desafío para que el Estado de derecho sea una realidad también para las mujeres. Con frecuencia, la serie de procedimientos que han de seguir para acceder al sistema judicial formal o para reivindicar sus derechos se interrumpe debido a la falta de capacidad del sistema y a las actitudes discriminatorias de quienes proporcionan servicios.
Los servicios que no tienen en cuenta las barreras que deben superar las mujeres, como las normas sociales, la pobreza y la falta de conciencia, son un problema en sí mismos. En el sistema judicial-penal, el bajo porcentaje de denuncias y el alto porcentaje de abandonos son prueba fehaciente de que el sistema no está cumpliendo su obligación con las mujeres.
Por otro lado, el pluralismo jurídico supone un desafío para el cumplimiento de los ideales del Estado de derecho para las mujeres. En la mayoría de los países existe más de un conjunto de reglas o leyes vigentes.
Las leyes de familia que rigen el matrimonio, el divorcio, la custodia y la manutención del hogar, así como las leyes de herencia, están sujetas a disposiciones jurídicas muy diversas que en ocasiones contienen elementos de discriminación contra las mujeres.
El derecho internacional es muy claro en establecer que los gobiernos tienen la responsabilidad de garantizar el acceso de las mujeres a la justicia y de eliminar la discriminación en todos los sistemas judiciales.
La debilidad del Estado de derecho en contextos de conflicto y posconflicto afecta a toda la ciudadanía, pero tiene consecuencias graves para las mujeres. La violencia sexual es una característica de los conflictos que continúa en tiempos de paz, cuando los sistemas judiciales locales están en su punto más débil. Actualmente, el derecho internacional contiene un amplio cuerpo legal que aborda las violaciones a los derechos humanos de las mujeres en situaciones de conflicto, pero la brecha de implementación es significativa. Para las millones de mujeres que han sido violadas durante y después de un conflicto, o que han sido desplazadas y pierden su tierra y sus medios de sustento, la justicia permanece fuera de su alcance.
A la luz de estos desafíos, ¿cómo se pueden cambiar los sistemas jurídicos y judiciales para que respondan a las necesidades de las mujeres y contribuyan a eliminar la desigualdad, la violencia y la falta de oportunidades que éstas enfrentan?
*ONUMUJERES.
2011-2012. El progreso de las mujeres. En busca de la justicia.
