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Nacional

Prefieren desaparecer fideicomisos a legislar sobre trabajo a distancia

En el Senado existen 8 iniciativas sobre teletrabajo, pero ninguna ha sido dictaminada: el trabajo a distancia debe ser reglamentado por una ley, de acuerdo con diversos estudios del Senado

Héctor Figueroa | 24-10-2020
En América, algunos de los países con más avance en cuestión de teletrabajo son Estados Unidos, Argentina, Chile, Ecuador y Colombia. Foto: PIXABAY

CIUDAD DE MÉXICO

El Senado dio prioridad a la desaparición de 109 fideicomisos dedicados al apoyo de la ciencia, la cultura, el deporte, los derechos humanos o los desastres naturales en lugar de legislar sobre el trabajo a distancia o teletrabajo en la actual pandemia.

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En esta legislatura se han presentado ocho iniciativas de reforma a leyes secundarias que contienen la palabra “teletrabajo”, sin embargo, ninguna de ellas se ha dictaminado para llevarla a su discusión al Pleno del Senado.

El trabajo a distancia, también llamado “teletrabajo” en el cual, el empleado realiza actividades remuneradas fuera de la oficina, el comercio, o el centro laboral mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación, debe ser reglamentado por una ley, de acuerdo con diversos estudios del Senado.

Un primer estudio denominado “Iniciativas de reformas a la Ley Federal del Trabajo y a la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional, en relación al teletrabajo, presentadas en la LXIV Legislatura”, plantea no postergar la legislación sobre este tema.

Plantea que se debe revisar la protección jurídica que tiene el trabajador que realiza sus actividades de manera remota, así como las obligaciones y derechos del patrón que lo contrata.

Asimismo, otro estudio del Instituto Belisario Domínguez (IBD) del Senado (IBD), denominado “El teletrabajo, un estudio comparado”, apunta que países latinoamericanos y europeos han registrado avances importantes en el teletrabajo y programas que fomentan dicha modalidad laboral.

En el continente americano, algunos de los países con más avance en cuestión de teletrabajo son Estados Unidos, Argentina, Chile, Ecuador y Colombia, de acuerdo con el documento del IBD.

Países de Latinoamérica como Chile, Ecuador y Colombia, cuentan ya sea con una legislación sobre el teletrabajo o capítulos y apartados específicos dentro de sus legislaciones o códigos de trabajo que establecen artículos relacionados con el teletrabajo.

Por ejemplo, contienen los derechos y obligaciones de teletrabajadores y patrones, registro de trabajadores a distancia, equipos y herramientas de trabajo, protección y seguridad social, políticas de fomento a esta práctica, entre otras situaciones que brindan certeza jurídica a los involucrados en la relación laboral de teletrabajo.

México, en cambio, tiene regulado el trabajo a domicilio desde 1988 en la Ley Federal del Trabajo, y solo un párrafo que fue adicionado en el 2012, que señala al trabajo que se hace a través de las TIC como trabajo a domicilio. Sin embargo, no contempla algunos elementos indispensables para brindar seguridad legal tanto a los teletrabajadores como a los patrones que contratan a este tipo de trabajadores. 

De acuerdo con la OCDE, de 35 países evaluados, Colombia y México son los países en los que menos balance existe entre la vida laboral y personal, y los países con mayor balance son los Países Bajos, Italia y Dinamarca. 

En Europa, Finlandia, por su parte, sí tiene una legislación novedosa y propia, destacándose como uno de los países que más rápido reaccionó e implementó el teletrabajo derivado de la pandemia Covid19 para evitar la propagación del virus. 

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Según la investigación, el teletrabajo ofrece ventajas como el ahorro de tiempo y dinero tanto para las empresas como para los trabajadores, al eliminar los tiempos de traslado del domicilio del trabajador a la oficina, el ahorro en cuestiones administrativas, espacios de oficina, entre otros. 

Además, en algunos casos, el trabajador puede equilibrar mejor su vida personal y laboral eligiendo, incluso, los horarios en los que deberá realizar el trabajo encargado. 

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