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Nacional

Pese a Covid-19, Comar mantiene operaciones esenciales

La Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados precisó que atenderán las medidas sanitarias, en favor de todas las personas usuarias de los servicios

Enrique Sánchez | 01-04-2020
La Comar exhorta a la población residente, incluida la que arribe al país procedente del extranjero, a que no participe en actividades laborales esenciales y a cumplir resguardo domiciliario.
La Comar exhorta a la población residente, incluida la que arribe al país procedente del extranjero, a que no participe en actividades laborales esenciales y a cumplir resguardo domiciliario.

CIUDAD DE MÉXICO.

La Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) informó que ante la emergencia sanitaria por Covid-19 se mantendrán operaciones esenciales en las entidades federativas en las que se cuenta con presencia (Tapachula y Palenque, Chiapas; Tenosique, Tabasco;  Acayucan, Veracruz; Monterrey, Nuevo León; Tijuana, Baja California y Ciudad de México), toda vez que es una actividad que favorece el acceso a la solicitud de protección al Gobierno de México a través del reconocimiento de la condición de refugiado en términos del artículo 11 Constitucional; y mediante las acciones de asistencia institucional, podrá gestionar las medidas que sean necesarias para salvaguardar la vida, integridad y salud de la población que atiende.

Precisó que atenderán las medidas sanitarias, en favor de todas las personas usuarias de los servicios de la Comisión, como no realizar reuniones o congregaciones de más de 50 personas, lavado frecuente de manos, estornudar o toser aplicando la etiqueta respiratoria, saludo a distancia (no saludar de beso, ni de mano, ni de abrazo) y todas las demás medidas de sana distancia vigentes y emitidas por la Secretaría de Salud Federal.

Asimismo, exhortó a la población residente, incluida la que arribe al país procedente del extranjero, a que no participe en actividades laborales esenciales y a cumplir resguardo domiciliario corresponsable del 30 de marzo al 30 de abril 2020.

La Comar señaló que el resguardo domiciliario corresponsable se aplica de manera estricta a toda persona mayor de 60 años de edad o con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes, enfermedad cardiaca o pulmonar, inmunosupresión (adquirida o provocada), en estado de embarazo o puerperio inmediato, independientemente de si su actividad laboral se considera esencial.

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