CIUDAD DE MÉXICO.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) perfila amparar a un adolescente al que un colegio privado le negó la reinscripción a segundo año de secundaria por presentar Trastorno por Déficit de Atención con Hiperactividad (TDAH), lo que provocó que la escuela ejerciera su derecho de reserva a prestar el servicio educativo.
A propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán, los integrantes de la Segunda Sala del máximo tribunal del país prevén avalar una resolución del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) que ordenó al colegio pagar la reparación del daño al padre del joven.
“La institución educativa, previo a tomar la medida drástica de la denegación total del servicio educativo al menor, debió agotar otras acciones, planes o estrategias que, al menos, permitieran dilucidar si era posible atender de manera inclusiva la situación particular del educando derivado de su TDAH, antes de optar por su exclusión total”, concluye el proyecto.
Y es que la institución alegó que el adolescente tenía una conducta violenta, contraria a los valores y principios de la educación y que “no era la escuela adecuada para recibirlo dado que, por su discapacidad, requiere acudir a una escuela especial, pues dicho colegio no es una clínica de especialidades”.
Sostiene que dicha postura resulta flagrantemente violatoria del derecho a la educación inclusiva, pues “los alumnos con necesidades especiales deben tener acceso al sistema general y encontrar acomodo en él mediante una pedagogía centrada en el niño”.
El proyecto que presentará el próximo miércoles ante la Segunda Sala también expone que era la obligación de la propia institución brindar una educación que atendiera, precisamente, a las necesidades especiales del educando.
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