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Nacional

Avanza en San Lázaro Ley de Seguridad Interior; va al Pleno

El PRI y el PVEM alcanzaron 18 votos en favor del dictamen, mientras que en contra votaron los diputados de Morena, PAN, PRD y MC

Tania Rosas // Foto: @CanalCongreso | 30-11-2017

CIUDAD DE MÉXICO

Tan sólo por cinco votos de diferencia, la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados aprobó la Ley de Seguridad Interior, la cual le dará certeza jurídica a las tareas de las fuerzas armadas en contra del crimen organizado.

El PRI y el PVEM impusieron su mayoría y lograron 18 votos en favor del dictamen, mientras que en contra votaron los diputados de Morena, PAN, PRD y MC, partidos que juntaron sólo 13 votos.

El dictamen que se espera que este mismo jueves suba al pleno de la Cámara de Diputados, donde también se prevé que el PRI y sus aliados se impongan luego de los llamados que ha hecho el Presidente de la República y los Secretarios de Marina y Defensa Nacional para que se promulgue esta ley.

El dictamen plantea que el Poder Ejecutivo Federal intervenga a nivel local a través de una declaratoria de protección a la seguridad interior, la cuál debe precisar qué amenaza se van a combatir, por cuánto tiempo, los elementos que la combatirán y la zona para operar.

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En primera instancia se propone que la intervención del gobierno federal sea de un año como máximo, pero si persiste la amenaza a la seguridad interior puede haber prórrogas.

Se define como Seguridad Interior la condición que proporciona el Estado mexicano que permite salvaguardar la permanencia y continuidad de sus órdenes de gobierno e instituciones, así como el desarrollo nacional, el Estado de Derecho y la gobernabilidad democrática.

Toma como amenazas a la Seguridad Interior aquellas que afecten la estabilidad de las instituciones y dañen gravemente a la población, como lo es la delincuencia organizada; las epidemias y las actividades que afecten los deberes de colaboración de las entidades federativas y municipios en materia de seguridad.

Las movilizaciones de protesta social o las que tengan un motivo político-electoral que se realicen pacíficamente de conformidad con la Constitución, bajo ninguna circunstancia serán consideradas como Amenazas a la Seguridad Interior, ni podrán ser materia de declaratoria de protección a la seguridad interior".

Advierte que corresponde a las autoridades federales, incluyendo las Fuerzas Armadas el identificar, prevenir, atender, reducir y contener las amenazas.

El Presidente de la República podrá ordenar por sí o a petición de las legislaturas de las Entidades Federativas, o de su Ejecutivo en caso de receso de aquellas, la intervención de la Federación para la realización e implementación de Acciones de Seguridad Interior en el territorio de una Entidad Federativa o zona geográfica del país, previa emisión de una Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior".

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