Logo de Excélsior                                                        
Nacional

Endurecen castigo contra los ‘diablitos’; Senado aprueba ley eléctrica

Con la reforma, las tarifas bajarán por condiciones de competencia, afirma la Secretaría de Energía

Jaime Contreras Salcedo | 20-07-2014
La Ley de la Industria Eléctrica aprobada por el Senado en lo general, prevé sanciones a quien hurte la luz mediante los llamados diablitos. Foto: David Solís/Archivo

CIUDAD DE MÉXICO, 20 de julio.- Con 92 votos en favor y 27 en contra, el Senado aprobó en lo general la Ley de la Industria Eléctrica que endurece los castigos contra quienes roban energía eléctrica mediante diablitos, la alteración de medidores o con la negativa a la verificación del consumo realizado.

Sanciona con multas de hasta 3.3 millones de pesos a quien impida la medición y obliga a los usuarios a pagar el triple de la energía eléctrica hurtada.

También serán castigados con severidad políticos y líderes sindicales, entre otros, que den “charolazo” para obtener ventajas del nuevo mercado libre de la industria, que permitirá importar y exportar la energía y contará con una regulación de las tarifas y sanciones para quienes las incumplan.

50 mil días de salario mínimo será la multa máxima a quien obstaculice el trabajo de los inspectores.

Con la nueva legislación votada ayer, el Senado ha aprobado dos de cuatro dictámenes que componen la Reforma Energética, en la cual se eliminó el derecho del Estado a expropiar los terrenos que necesite la industria y creó un sistema de conciliación previo a la ocupación temporal de tierras.

Ordena al gobierno federal establecer el sistema de subsidios focalizados para los mexicanos en pobreza, tanto en zonas rurales como urbanas.

La Ley de la Industria Eléctrica que aprobó el Senado será enviada hoy a la Cámara de Diputados para su votación.

La reforma eléctrica baja el switch al robo

El pleno del Senado aprobó ayer en lo general, con 92 votos a favor y 27 en contra, la reforma eléctrica que pone fin al robo de luz, ya sea con los llamados diablitos, con la alteración de los medidores o con la negativa a la verificación del consumo realizado, pues castiga con multas de hasta 3.3 millones de pesos a quien impida la medición y obliga a los usuarios a pagar el triple de la energía eléctrica hurtada.

Además, castiga con severidad a los políticos, líderes sindicales o integrantes de los llamados poderes fácticos que den “charolazo” para obtener ventajas del nuevo mercado libre de la industria eléctrica, que permitirá importar y exportar energía eléctrica y contará con una regulación de las tarifas y castigos para quienes no las cumplan.

92 votos a favor y 27 en contra emitió ayer el Senado para aprobar la Ley de la Industria Eléctrica.

De igual forma, después de 39 años de aplicación, la nueva Ley eliminó el derecho del Estado a expropiar los terrenos que necesite la industria eléctrica y creó un sistema de conciliación previo a la decisión de ocupación temporal de tierras.

La Ley de la Industria Eléctrica que el Senado aprobó ayer, ordena al gobierno federal establecer el sistema de apoyos focalizados para los mexicanos en pobreza, tanto en zonas rurales como urbanas, disposición que fue incluida en las comisiones unidas de Energía y Estudios Legislativos Primera la semana pasada, tal como Excélsior lo informó.

Y ante la protesta del petista Marco Antonio Blásquez, el pleno retiró la facultad que dejaba al Ejecutivo federal de decretar un programa de subsidio focalizado, a su libre albedrío, independiente del que están obligadas a diseñar las secretarías de Hacienda, Energía y Desarrollo Social junto con la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y el Coneval.

Ayer, durante el tercer día de sesiones del periodo extraordinario, el pleno del Senado estableció reglas claras para evitar la prolongación ilimitada del debate y eso permitió que la aprobación de las nuevas leyes de la industria eléctrica y de la energía geotérmica se concretara poco después de las 19:00 horas y el pleno entrara al debate en lo particular de 143 reservas.

La nueva ley dispone que se sancionará con una multa hasta tres veces el importe de la energía eléctrica consumida, a partir de la fecha en que se cometió la infracción, a quien conecte sus redes particulares con el Sistema Eléctrico Nacional o con otra red particular para su alimentación, sin la debida autorización y contrato.

También “al usuario final que consuma energía eléctrica a través de instalaciones que eviten, alteren o impidan el funcionamiento normal de los instrumentos de medición, tasación, facturación o control del suministro eléctrico; a las personas que permitan, fomenten, propicien o toleren las actividades referidas; a quien consuma energía eléctrica sin haber celebrado el contrato respectivo y a quien utilice energía eléctrica en forma o cantidad que no esté autorizada por su contrato de suministro”.

Se aplica una multa mínima de 10 mil veces el salario mínimo y máxima de 50 mil días de salario mínimo, que implicará de 672 mil 900 a tres millones 364 mil 500 pesos, a quien impida “las facilidades que se requieran a los verificadores o inspectores autorizados” y a quien consuma “energía eléctrica a través de instalaciones que alteren o impidan el funcionamiento normal de los instrumentos de medición o control del suministro eléctrico”.

Detalla que sin perjuicio de las disposiciones específicas en materia de combate a la corrupción, las personas físicas y morales, nacionales o extranjeras que participen en las contrataciones en materia de electricidad serán sancionadas cuando “hagan uso de su influencia o poder político, reales o ficticios, sobre cualquier servidor público, personal o consejeros de las empresas productivas del Estado, con el propósito de obtener para sí o un tercero un beneficio o ventaja, con independencia de la aceptación de las personas involucradas o del resultado obtenido”.

Advierte que “los contratos, convenios o instrumentos de naturaleza jurídica análoga a que se refiere esta ley o que estén relacionados con ella por ministerio de ley, no podrán prever cláusulas o acuerdo de voluntad alguno, que otorgue exclusividad o preferencia ilícitas en beneficio de organización empresarial, social o sindical alguna”, dispone.

Deja en claro que “en el ámbito de sus respectivas atribuciones, la Secretaría de Energía y la Comisión Reguladora de Energía estarán facultadas para prevenir, investigar, identificar, denunciar y, en su caso, sancionar a los contratistas, permisionarios, servidores públicos, así como toda persona física o moral, pública o privada, nacional o extranjera que participe en el sector energético cuando realicen actos u omisiones que tengan como objeto o consecuencia directa o indirecta influir en la toma de decisiones de un servidor público, del personal o de los consejeros de las empresas productivas del Estado en la industria eléctrica para obtener un beneficio económico personal directo o indirecto”.

Respaldada por los senadores del PRI, PAN y Partido Verde, porque aseguran que generará altos beneficios para toda la población, con la reducción de los precios y la entrega de subsidios focalizados, amén de fomentar el desarrollo regional y criticada por la izquierda porque privatiza la industria eléctrica, desmantela a la Comisión Federal de Electricidad, elimina el subsidio generalizado y permite al gobierno federal usar de manera electoral la facultad para modificar tarifas, la Ley de la Industria Eléctrica precisa que este servicio se ofrecerá en un régimen de libre competencia.

Un punto criticado ayer por el petista Marco Antonio Blásquez fue la facultad discrecional que se otorgó al Ejecutivo Federal de “diseñar una estrategia para sustituir los subsidios generalizados por apoyos focalizados”, como decía el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica.

Su protesta llevó a las comisiones unidas a retirar el polémico párrafo, sin lastimar la disposición de crear el programa de subsidios focalizados.

Como lo reveló este diario, la Ley de la Industria Eléctrica que esta madrugada el Senado envió a la Cámara de Diputados, dispone que “previo a la entrada en operación del mercado eléctrico mayorista se podrá importar energía eléctrica y productos asociados en términos de las disposiciones que emita la Comisión Reguladora de Energía para reglamentar dichas transacciones”.

Te recomendamos

Comparte en Redes Sociales