Conoce los beneficios para el pago del Impuesto Predial
El Gobierno del Distrito Federal ofrece beneficios e incentivos fiscales para todos los sectores, entre ellos, los grupos vulnerables
CIUDAD DE MÉXICO, 7 de enero.- Con el inicio del 2013, el Gobierno del Distrito Federal anunció una serie de beneficios para los contribuyentes en el pago del Predial.
El Secretario de Finanzas del Distrito Federal, Edgar Amador Zamora, informó sobre los beneficios e incentivos fiscales para todos los sectores, entre ellos, los grupos vulnerables como los jubilados, pensionados por cesantía en edad avanzada, vejez, incapacidad por riesgos de trabajo, invalidez, viudas o huérfanos pensionados, mujeres separadas, divorciadas, jefas de hogar o madres solteras que demuestre tener dependientes económicos, así como personas con discapacidad
Como cada año, quienes realizan el pago del impuesto durante los primeros dos meses obtienen un descuento, siendo del 7 % durante enero y del 6 % en febrero; aunado a esto, los grupos vulnerables serán beneficiados durante todo el año con la condonación del 30 por ciento cuando el valor de su inmueble sea mayor a un millón 813 mil 919 pesos; si es menor pagarán la cuota mínima de 38 pesos bimestrales.
Por otro lado, las personas físicas o morales que reciclen podrán recibir, con previa validación de la Secretaría de Medio Ambiente, una reducción del 10, 15 o 20 por ciento.
Las micro, pequeñas y medianas empresas que incrementen la capacidad de producción recibirán una reducción del 10 por ciento; mientras que aquellas que inicien operaciones en los sectores de alta tecnología gozarán de un descuento de 30 por ciento.
Las personas físicas propietarias de viviendas de interés social o popular pagarán la cuota fija de 38 pesos; a los propietarios o adquirientes de inmuebles históricos o artísticos se les otorgará una reducción del 70 por ciento; mientras que los propietarios de inmuebles históricos o artísticos habitados que no se utilicen para el comercio tendrán una reducción del 50 por ciento del impuesto predial.
Documentos necesarios para realizar el pago
1.- Declaración del valor catastral (valor de la vivienda). Boleta del Impuesto Predial o Declaración del Impuesto Predial impresa en el Módulo Universal
2.- Identificación (Pasaporte vigente, credencial del IFE o cédula Profesional, credencial del INSEN o del INAPAM)
3.- Comprobante de Domicilio (credencial del IFE, recibo de pago de luz, del teléfono fijo o gas, estado de cuenta bancario, recibo de agua predial y declaración de valor catastral).
4.- Documento con el que acredita la condición.
5.- Documento que acredite la propiedad del inmueble cuando el dato del solicitante no coincida con el sistema.
Los lugares donde se puede llevar a cabo el pago son bancos, tiendas de autoservicio, conveniencia y departamentales, portales bancarios, además de los kioscos ubicados en plazas comerciales.
Las 26 Administraciones Tributarias y Auxiliares en un horario de 8:30 a 18:00 horas de lunes a viernes hasta el 28 de febrero.
Centros de Servicio de la Tesorería, localizados en las tiendas Soriana y Comercial Mexicana, con un horario de atención de 9:00 a 21:00 horas.
De igual manera el pago anualizado del predial se puede realizar en la página https://www.finanzas.df.gob.mx y obtener la Línea de Captura al ingresar con el número de la cuenta Predial, o en línea con cualquier tarjeta de crédito.
asj