Aprueban modificaciones para cambio de uso de suelo en Iztapalapa
El pleno de la ALDF aprobó el cambio de uso de suelo de inmuebles ubicados en las colonias Sector Popular y El Retoño
CIUDAD DE MÉXICO, 31 de diciembre.- El Pleno de Asamblea Legislativa aprobó con 39 a favor, 15 en contra y 3 abstenciones el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la delegación Iztapalapa, publicado el 2 de octubre de 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Lo anterior corresponde para el cambio de uso de suelo, de los inmuebles ubicado en avenida Río Churubusco número 583, colonia Sector Popular y avenida Río Churubusco número 508, colonia El Retoño.
El dictamen específica que el inmueble ubicado en avenida Río Churubusco número 583, colonia Sector Popular, se le asigna una zonificación Centro Comercial de tres niveles, en una superficie de 14 mil 783.39 m2, en un total de construcción de 34 mil 395.03 m2, proporcionando cuatro mil 230.60 m2 de área libre y 785 cajones para estacionamiento.
Asimismo, indica que el área libre le corresponde el 10 por ciento de la superficie del terreno.
Al fundamentar el dictamen, a nombre de la Comisión de Desarrollo e Infraestructura Urbana, el diputado Carlos Hernández Mirón señaló que el servicio de agua potable y drenaje deberá ajustarse a la toma de 51 mm existentes en la zona, la cual no podrá ampliarse ni solicitar otra toma adicional, correspondiéndole al Sistema de Aguas de la Ciudad de México determinar las condiciones del servicio.
Respecto al inmueble de avenida Río Churubusco número 508, colonia El Retoño para asignarle la zonificación, Salón de fiestas infantiles, en una superficie de construcción de 334 m2, proporcionando 65.28 m2 de áreas libres y ocho cajones de estacionamiento.
El diputado Hernández Mirón comentó que el 2 de febrero de 2011, la ciudadana Rosa María Pérez Moreno, en su carácter de propietaria, solicitó la modificación para que se le permita el uso de suelo para salón de fiestas infantiles.
El dictamen establece que si el propietario o el promovente no acredita ante la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda el pago de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio y en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano.
Dentro de los tres mese siguientes a la notificación personal, el decreto dejará de surtir efectos.
mca